Revista de Derecho de la UNED (RDUNED)
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Published By Uned - Universidad Nacional De Educacion A Distancia

2255-3436, 1886-9912

Author(s):  
Miguel Ángel Esteban Carrasco
Keyword(s):  

En el presente año estrenamos nuevo mandato de FRONTEX con el Reglamento UE 2019/1896 que consolida la versión 2.0 de la Guardia Europea de Fronteras y Costas. Desde la Unión Europea se anuncia un salto histórico en la gestión de fronteras llegando a afirmar la federalización de las mismas. En este estudio se analiza las novedades presentadas en esta materia por los políticos europeos y las distancias existentes entre las propuestas políticas y la realidad reglamentada. Los límites en el reparto competencial europeo vislumbran un estancamiento de la Agencia en su crecimiento cualitativo, que no cuantitativo, al chocar con la soberanía estatal. Para desentrañar el verdadero aumento de capacidades del nuevo cuerpo permanente, se comparan las tareas de los sistemas “False and Authentic Documents Online” FADO o el “Sistema Europeo de Información y Autorización de viajes” SEIAV con el texto ya derogado o se describen las operaciones SOPHIA o IRINI para tratar de conocer el futuro de la gestión de fronteras exteriores.


Author(s):  
Jonatan Tobío Fernández

Desde los años veinte de la pasada centuria, tanto el Tribunal Supremo como la doctrina mayoritaria, han venido sosteniendo que las relaciones jurídico-privadas que establecen los abo gados con sus clientes son encuadrables, por lo común, dentro del tipo contractual del arrendamiento de servicios, definido en el artículo 1544 del Código Civil y regulado en los artículos 1583 a 1587 del mismo cuerpo legal. Sin embargo, a nuestro juicio, existen razones de peso para entender que resulta más preciso ubicar estas relaciones, ordinariamente, dentro de la figura del mandato. Además, aunque la jurisprudencia ha venido sosteniendo la teoría de la locatio conductio operarum —no dejando de aplicar en ocasiones el mandato, o sus reglas, para ciertos supuestos específicos—, en recientes resoluciones el Tribunal Supremo viene manifestando que las relaciones que nos ocupan se desenvuelven, normalmente, en el marco de un contrato de gestión que la propia jurisprudencia construye, de modo no totalmente satisfactorio, con elementos tomados del arrendamiento de servicios y del mandato, por lo que la cuestión aún dista mucho de ser pacífica.


Author(s):  
Ainoa García García
Keyword(s):  

En la actualidad, las redes sociales ostentan un papel fundamental en nuestra vida diaria y, en especial, en la vida de la mayoría de los menores. De hecho, nos encontramos ante el auge de un escenario particular: el sharenting, la sobreexposición por parte de los progenitores de sus hijos e hijas en las redes sociales. De este modo, el presente artículo pretende examinar la protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen de los menores en este contexto digital internacional. Concretamente, esta investigación estudiará la normativa estadounidense, europea y española en la materia, con el fin de analizar la actual regulación del fenómeno y elaborar un examen crítico para la defensa del interés de tan vulnerable sector de la población.


Author(s):  
Guillermo Sánchez-Archidona Hidalgo

En un contexto en el que la realidad se aproxima cada vez más a la ciencia ficción relatada por Asimov en sus novelas, el Derecho tributario desempeña un papel fundamental en la adaptación de la robótica y la inteligencia artificial a la vida cotidiana de los ciudadanos: puede equilibrar las fuerzas entre las máquinas y los trabajadores en el seno de la empresa, como también hacer lo propio atrayendo capital no ingresado en el Erario público proveniente de actividades sustanciadas en la explotación de datos. Por ello, en este trabajo se pretende contribuir a encontrar soluciones jurídicas frente a estos desafíos desde dos perspectivas: una, cómo regula la normativa fiscal la dicotomía robot vs. trabajador y las distintas medidas que se podrían articular al respecto; y dos, la necesidad de diseñar herramientas precisas para someter a gravamen los datos y los algoritmos, que quizás implique abandonar los corsés hasta la fecha impuestos y avanzar hacia soluciones fiscales trasgresoras e innovadoras.


Author(s):  
José Emilio Marqués Suárez

Este trabajo hace un repaso en la evolución de las penas privativas de libertad y muestra su progreso a lo largo del tiempo. Observaremos en él los cambios sociales que pudieron haber influido en la concepción y desarrollo de estas, valorando a su vez si los mismos, de haberse producido, han hecho que la sociedad actual haya desechado la misma como pena prioritaria destinada al castigo de las personas tras el quebrantamiento de las normas impuestas por el legislador, dada la aparición de nuevas formas de control social. Interesa igualmente saber si estas innovaciones en materia de observación y vigilancia, tecnológicas en su mayoría, acompañan el devenir de las condenas o, por el contrario, la sociedad en general y el legislador en particular obvia este tipo de sistemas continuando con medidas de castigo más propias de los ancestrales métodos de control que del actual y moderno siglo XXI. Es una preocupación, la de la concepción de los cambios sociales en materia de “castigo” que interesa en aras de saber, no sólo en qué paradigma se desenvuelve nuestro sistema penitenciario español actual, sino en qué aspectos ha cambiado la esencia penológica desde el punto de vista social.


Author(s):  
Manuel Hernández Izaguerri

Este estudio se centra fundamentalmente en el nuevo derecho de acceso a los elementos esenciales para impugnar la legalidad de la detención policial y en la afección de algunas de las garantías constitucionales relacionadas con él. Las garantías del detenido de carácter penal previstas en el art. 17 de la Constitución Española de 1978 (CE) y desarrolladas fundamentalmente en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), hasta las reformas de 2015, no se acomodaban plenamente a la normativa más reciente de la Unión Europea (UE). Mediante las LLOO 5/2015, de 27 de abril y 13/2015, de 5 de octubre, surgieron algunas discrepancias en la interpretación y aplicación de alguna de ellas, especialmente en relación con el nuevo derecho de acceso a los elementos de las actuaciones esenciales para impugnar la legalidad de la detención frente al acceso al atestado previo a la declaración del detenido en sede policial. Estas situaciones controvertidas han sido atendidas por la Comisión Nacional de Coordinación de Policía judicial (CNCPJ), Fiscalía General del Estado (FGE) y el Tribunal Constitucional (TC).


Author(s):  
Fernando Ravelo Guillén

La secuela se trata de una obra que, de la misma forma que ocurre con otras obras derivadas, no tiene una regulación específica en nuestra legislación de propiedad intelectual. Esto ocurre a pesar de que no es una figura de creación reciente. La secuela se ha manifestado en diferentes medios, dependiendo del momento histórico. En un principio, su aparición se produjo en la literatura y más tarde en el medio audiovisual y cinematográfico. Existen determinados criterios que servirán para distinguirla de la obra originaria de la que ha surgido, así como de otras obras derivadas, en función de su grado de originalidad.


Author(s):  
Diego Montes Noblejas

La expansión de internet no solo ha generado innumerables beneficios y posibilidades, sino que también ha favorecido la aparición de las llamadas «ciberamenazas». Una de ellas, el «ciberterrorismo», es analizada en las siguientes páginas. El objetivo de este trabajo es ofrecer una definición propia de ciberterrorismo que pueda resultar válida desde la óptica del derecho internacional general. Para ello se sigue una aproximación inductiva. Primero, se proporciona una definición de terrorismo internacional obtenida después de sintetizar algunas de las nociones más relevantes en relación con dicho término. A continuación, tras exponer la importancia que tiene internet en el terrorismo internacional actual, se presenta dicha definición de ciberterrorismo. A este respecto, se opta por una concepción estricta que permite distinguir esta ciberamenaza de otras con las que habitualmente se confunde, como son «el uso de internet con fines terroristas» y el «hacktivismo». Por último, antes de presentar las conclusiones alcanzadas, se evalúan las posibilidades de que el ciberterrorismo acontezca en un futuro próximo y su consideración como una amenaza real.


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