Anuario Iberoamericano Derecho Internacional Penal
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Published By Colegio Mayor De Nuestra Senora Del Rosario

2346-3120

Author(s):  
Marcela Moreno Buján

El presente artículo visibiliza el uso de la mediación y las prácticas reconciliatorias (PRs) para tratar los conflictos sociales de forma autocompositiva en distintas culturas. La identificación de estos procesos, de forma diacrónica, es posible al aplicar una perspectiva antropojurídica y sociojurídica (PAS) al fenómeno de estudio. Esto por cuanto es frecuente analizarlos desde un abordaje técnico-jurídico disciplinar, lo cual descuida los contextos: social, histórico, cultural, político y plurijurídico en los cuales también pueden verse inmersos estos procesos. Adoptar el paradigma antropojurídico enunciado por Merry, permite separarse de la forma jurídica heterocompositiva hegemónica (el juicio) para intervenir los conflictos sociales. También, habilita la percepción de las disputas desde una concepción dinámica e influenciable por los cambios sociales. Así, se analizarán los procesos mencionados desde la PAS. Lo cual permite considerar como mediadores efectivos a aquellos neutrales que tienen la habilidad de trabajar con las partes de manera transcultural. La PAS habilita entrever en los procesos autocompositivos, las experiencias, motivaciones, razones y patrones de conducta presentes en la disputa, sobrepasando los límites culturales para arribar a un espacio de entendimiento recíproco. Este abordaje conlleva un claro acceso a la justicia con perspectiva multicultural y plurijurídica. 


Author(s):  
Francisco Camargo Alves

Com o presente trabalho, pretende-se estudar a aplicação do transconstitucionalismo aos problemas constitucionais oriundos do contato entre o ordenamento jurídico brasileiro e o Estatuto de Roma. Para isso, indaga-se: o transconstitucionalismo pode oferecer uma resposta capaz de evitar conflitos causados pela presunção de primazia de cada uma das ordens envolvidas aos problemas surgidos nesse relacionamento? À luz da proposta de razão transversal formulada pelo transconstitucionalismo, visualiza-se que, compreendidas, por cada sistema, as bases que levaram a adoção de determinadas disposições supostamente contrárias às suas, haverá um novo entendimento nesse difícil relacionamento, especialmente a partir do reconhecimento de um sistema jurídico multicêntrico cujas cortes se relacionam sob a ótica de uma racionalidade transversal. Para tanto, partir-se-á da análise da teoria do transconstitucionalismo de Marcelo Neves, evidenciando-se, especialmente, a relação entre direito estatal e direito internacional, seguindo-se ao estudo da relação entre tais ordens na perspectiva tradicional para, em seguida, analisar temas relacionados aos fundamentos e particularidades do direito penal internacional.


Author(s):  
Raquel Vanyó Vicedo
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Esta investigación pretende denunciar la impunidad de uno de los crímenes más atroces del Estado español como es la desaparición forzada de miles de niños que fueron arrebatados a sus madres, primero como castigo ideológico e instrumento represivo de depuración eugenésica instaurado por el franquismo y que, convertido después en un lucrativo negocio de compraventa de menores, acaba moviendo a su antojo los hilos de la filiación en España hasta bien entrada la democracia. Pese a que los numerosos casos denunciados en los últimos años apuntan a que podríamos estar ante un verdadero crimen de lesa humanidad, las autoridades españolas, tanto gubernamentales como judiciales, no permiten investigar estos hechos, al igual que otras muchas de las violaciones de derechos humanos que se cometieron durante la dictadura, de manera que, a día de hoy, la única esperanza de las víctimas para acceder a la verdad, la justicia y la reparación está depositada en la justicia penal internacional.


Author(s):  
Alejandro Sánchez-Zárate ◽  
Karina García-Morales
Keyword(s):  

La brecha digital es concebida como la desigualdad en el acceso, habilidades, uso y disponibilidad de dispositivos o plataformas digitales. En el contexto actual de digitalización de muchas de las tareas cotidianas, esta desigualdad está cobrando cada vez más relevancia. El presente trabajo tiene como objetivo analizar las dimensiones de accesibilidad, motivación y uso de internet en México y Uruguay desde el marco interpretativo de la brecha digital profunda propuesto por Van Dijk (2005). Este análisis se enfoca en los factores socioeconómicos asociados a esta desigualdad, tales como el estrato socioeconómico, el grupo generacional (nativos o migrantes digitales) y el sexo. Como principales hallazgos se tiene que en ambos países continúan algunas brechas digitales, por ejemplo: en México el uso de internet es equitativo entre sexos, pero no así entre estratos socioeconómicos; mientras que en Uruguay la brecha digital es menor, aunque sobresale una mayor proporción de usuarios mayores de 45 años (catalogados como migrantes digitales) y que en estratos altos hay un grupo de personas que no usa internet por falta de interés. Estos resultados avanzan en el estudio de la brecha digital desde una perspectiva más detallada y de corte internacional para la región de América Latina.


Author(s):  
Luciano Pezzano

La inclusión de la depuración étnica, un concepto que carece de significado jurídico propio en el derecho internacional, dentro del ámbito material de la responsabilidad de proteger, junto a crímenes bien tipificados en el derecho penal internacional, ha dado lugar a ciertas dificultades conceptuales. Este ensayo busca explorar, a través de la caracterización de la depuración étnica en el derecho internacional y, en particular, de sus posibles configuraciones como crímenes según el derecho penal internacional, los problemas que esa inclusión a primera vista anómala puede plantear en la interpretación del alcance material de esta. Con tal fin, se aborda el nacimiento y evolución del concepto de la depuración étnica en las relaciones internacionales y en su consideración por los órganos de las Naciones Unidas; se lo analiza luego a la luz del derecho penal internacional, para determinar si puede constituir uno o más de los crímenes internacionales reconocidos, teniendo en cuenta la jurisprudencia internacional y las normas aplicables; finalmente, se estudia la inclusión de la depuración étnica en el ámbito de la responsabilidad de proteger y los problemas que plantea, para elaborar una posible alternativa de solución a partir de los resultados del análisis


Author(s):  
Enith Carolina Bula Beleño
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Este artículo analiza el modelo de justicia de la Jurisdicción Especial para la Paz (jep) y sostiene que este es predominantemente retributivo, es decir que el componente retributivo tuvo mayor peso en su diseño que los componentes restaurativo y distributivo. Para ello, parte de identificar las tensiones entre justicia restaurativa, retributiva y distributiva en la justicia transicional, y sitúa dichas tensiones en el contexto del diseño de la jep durante la negociación del Acuerdo de Paz en Colombia. A partir de ello, analiza los componentes restaurativos, retributivos y distributivos del modelo de justicia de la jep, identificando cómo se relacionan entre sí y se privilegian unos sobre otros. De esa manera, evidencia que se privilegió el componente retributivo y no se alcanzó la consolidación de un modelo de justicia más amplio que, desde unos componentes restaurativo y distributivo más sólidos, tuviera mayores posibilidades de responder a las causas del conflicto y, por consiguiente, prevenir nuevas formas masivas de violencia.


Author(s):  
Diego Alejandro Sánchez Cárdenas
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Una de las cuestiones que ha motivado mayor exclusión en la protección brindada por los derechos fundamentales es la obsesión por caracterizar al titular de derechos. Hasta la actualidad, existe un enfoque subjetivo de los derechos fundamentales, bajo el cual, las conductas jurídicamente trascendentes son aquellas que lesionan en sus bienes básicos a sujetos con cualidades específicas: “seres dignos”. Lo que lastimosamente excluye del mundo jurídico a seres distintos al ser humano. Frente a esta situación, el presente trabajo propone una reordenación de las “funciones jurídicas” de los sistemas de derechos fundamentales. De esta manera, con el ánimo de incluir en el desarrollo jurídico a otras formas de vida, se postulará que la primera función de los sistemas jurídicos debe ser seleccionar como relevante - sin mayor discriminación - a toda aquella conducta que: i) sea debatida socialmente (bajo determinadas características) y; ii) esté relacionada con la supervivencia, el sufrimiento, la libertad y, en general, la satisfacción de las necesidades más elementales (en los términos que se expondrán). Lo anterior, no supone que el sistema jurídico no deba realizar un análisis ontológico del sujeto, sino que el mismo, lejos de excluir a ciertos seres del mundo jurídico, se desempeñe - como una segunda función del sistema jurídico - con el objeto de determinar la regulación que se brindará a determinado comportamiento que es previamente aceptado como trascendente en la esfera jurídica, debido a su importancia social y sus características especiales. Con lo anterior, se espera brindar un enfoque que haga factibles los derechos de los animales y del medio ambiente; así como sustentar teóricamente los esbozos que ya han reconocido a especies diferentes al ser humano como intereses jurídicos independientes.    


Author(s):  
Isabel García Domínguez
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El presente artículo versa sobre el tratamiento penal español de los delitos de odio. Estos han sufrido un aumento progresivo en los últimos años a causa del fenómeno globalizador, en especial en el contexto europeo. Con base en lo expuesto, se adoptó la dm 2008/913/JAI, del 28 de noviembre, cuya trasposición al Código Penal español (cpe) se produjo de forma satisfactoria. Sin embargo, la amplitud adoptada en la regulación de estos delitos es criticada por gran parte de la doctrina, sobre todo del artículo 510 del cpe. No obstante, la práctica jurisprudencial muestra una aplicación restrictiva del artículo mencionado, subsanando, en cierta medida, el punitivismo adoptado. De igual modo, se destaca la necesidad de incluir la motivación aporófoba en el contexto español. También, en la adopción de una perspectiva comparada, se expone el tratamiento penal de los delitos de odio en Alemania y el Reino Unido, así como la escasez de regulación en América Latina, donde se han centrado en el colectivo lgtb. Se podría afirmar que la legislación española es sólida en la penalización de los delitos, pero insuficiente, por lo que se considera ineludible una transformación en el abordaje penal de los delitos de odio a nivel global.


Author(s):  
Catalina Fernández ◽  
Andrea Jiménez Laurence

Este trabajo examina y sistematiza la jurisprudencia de la Corte Penal Internacional en materia de autoría, según se encuentra prevista en el artículo 25.3(a) del Estatuto de Roma. El objetivo es determinar si los criterios y requisitos de esta forma de responsabilidad en sus cuatro variantes (autoría directa, coautoría, autoría mediata y coautoría mediata) se encuentran bien asentados en las decisiones de la Corte Penal Internacional o si, por el contrario, existen aún aspectos en que se identifican imprecisiones o diferencias de criterio al interior de la Corte, que requieren ser aclaradas en los años venideros.  


Author(s):  
Manuel Sánchez Moreno
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El feminismo jurídico surge de las luchas por los derechos humanos, y, concretamente, los derechos de las mujeres y la diversidad afectivo-sexual en el marco de una teoría crítica que ha modificado la forma en la que se interpreta el derecho. Identidades previamente excluidas reclaman ahora una presencia mayor y desarrollan herramientas para demostrar su desprotección e invisibilización ante el derecho. Partiendo de las propuestas teóricas feministas, se analizan las principales causas de este sesgo legal, como la forclusión o el fundacionalismo. También se retomarán elementos que consideramos clave para huir de un análisis esencialista, como la interseccionalidad, la inclusión de las personas lgtbiqa+ o las manifestaciones del sexismo. Desarrollaremos así una metodología jurídica feminista, que contrastaremos con las dimensiones de la justicia transicional y la lucha contra la impunidad: justicia, verdad, reparación y no repetición. Finalmente, este desarrollo teórico se ilustrará, en clave de género, con algunos casos emblemáticos, como la violencia sexual en tribunales internacionales, los juicios por delitos de lesa humanidad en Argentina o la querella argentina por los crímenes del franquismo.


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