Revista Colombiana Salud Libre
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(FIVE YEARS 1)

Published By Universidad Libre

1900-7841, 1900-7841

2019 ◽  
Vol 14 (1) ◽  
pp. 1-2
Author(s):  
Cesar Augusto Prieto Ávila

Antes que entrar a hacer una intervención de fondo en los debates que deben producirse ante la radicación en el Congreso de la Republica de Proyectos de Ley de reforma de la Ley 23 de 1981 o Ley de Ética Médica, (Proyecto 104/2019 Cámara) es bueno recordar la historia y los orígenes de la construcción y promulgación de la Ley 23 de 1981 en Colombia, que sigue siendo ejemplo para todos los países ibero-latinoamericanos desde entonces. La Ley 23 de 1981 constituyó uno de los más importantes logros alcanzados en los últimos 40 años en nuestro país, en la defensa del ejercicio ético de la Medicina en Colombia; su aprobación en el Congreso Nacional fue el fruto de un proceso conjunto de estudio prolongado, entre el Ministerio de Salud, la Academia Nacional de Medicina y la Federación Médica Colombiana, iniciado en 1978. Pero en nuestro país las primeras normas sobre ética médica se expiden en 1954: Decreto 2381 del 23 de septiembre de 1954, con el apoyo de la Asociación Nacional de Médicos Católicos Colombianos, el cual fue llamado “Código de Moral Médica”; sus normas se redactaron teniendo como base el Código Internacional de Ética Médica adoptado en la Tercera Asamblea de la Asociación Médica Mundial. La Ley 14 de 1962, sobre el ejercicio de la medicina, le introduce algunas modificaciones con respecto a la competencia en materia de sanciones. Se refiere a la suspensión temporal y definitiva en el ejercicio profesional que se le atribuye al Consejo Nacional de Profesiones Médicas y Auxiliares, dependiente del entonces llamado Ministerio de Salud Pública. En aquella, como en esta época (la historia se repite), se comenzaron a sentir procedimientos y normas extraños a nuestro medio, dejando sentir un influjo negativo entre médicos y pacientes; la Federación Médica Colombiana solicitó al gobierno su intervención, a fin de evitar que los médicos resultaran siendo víctimas del oportunismo de gente y entidades mal intencionadas que frente a un ejercicio médico, no regulado desde el punto de vista ético, podrían colocar al médico honesto y responsable en estado de indefensión.Por otro lado, en la Asamblea Internacional de Colegios Médicos que se realizó en Paracas, Perú en octubre de 1977, la Federación Médica Colombiana había asumido el compromiso de estructurar sus propias normas en nuestro país en materia de Ética Médica, como un pilar importante para consolidar un Código de Ética Médica Latinoamericano. Colombia cumplió su compromiso pero, desafortunadamente no pasó lo mismo en los otros países; hay que hacer notar que el único país de la Península Ibérica, Latinoamérica o el Caribe que tiene un código de Ética Médica vigente es Colombia, el cual es un conjunto de normas destinadas a proteger el ejercicio médico responsable, correcto y honesto, a la vez que garantiza a la sociedad el cumplimiento de los principios sobre los cuales descansa una adecuada relación médico-paciente, regula las relaciones del médico con las instituciones, la sociedad y el estado y se aclaran conceptos en relación con la historia clínica, el secreto profesional, la responsabilidad médica y su ejercicio enmarcado por la función social que implica el desarrollo ´profesional que desde entonces ha tenido vigencia en la conciencia y en la conducta de los médicos colombianos. Un efecto importante de esa legislación fue la creación de los Tribunales de Ética Medica y el establecimiento de un régimen disciplinario, el cual es único entre los países latinoamericanos y que debe entenderse como un mecanismo indispensable para la eficaz aplicación de la Ley y como un efectivo mecanismo de autorregulación de la profesión médica que debe ser ejercida por parte de pares idóneos. La Corte Suprema de Justicia al declarar exequible la Ley 23 de 1981, expresó: … “Un estatuto regulador de la Ética en el ejercicio profesional de la Medicina sin un régimen disciplinario y unos órganos de control que lo apliquen seria puramente teórico”…. El ejercicio de este régimen disciplinario quedó reforzado con la Ley 1751 de 2015 (Ley Estatutaria en Salud) la cual establece en el artículo 17:” Se garantiza la autonomía de los profesionales de la salud para adoptar decisiones sobre el diagnóstico y el tratamiento de los pacientes que tiene a su cargo. Esta autonomía será ejercida en el marco de esquemas de autorregulación, la ética…… (subrayado fuera del texto original), como base fundamental para la garantía del ejercicio de la Autonomía Medica. En 1981 se expide la Ley 23 consagratoria de nuestro actual Código de Ética Médica, pero no fue ni de lejos, una tarea improvisada sino una prologada labor de estudio y análisis que incluyó básicamente los antecedentes de 14 países en tan importante campo y el examen de las más relevantes posiciones de distintas Asambleas de la Asociación Médica Mundial. Esa ley nació del esfuerzo y los aportes de la Academia Nacional de Medicina, de las Sociedades Científicas y la Federación Médica Colombiana y, dentro del ejercicio de la democracia, hubo participación de Asmedas que, con argumentos de tipo sindical, se opuso a la elaboración final de la ley. No es la primera vez que se presenta un Proyecto de Ley que intenta introducir reformas a la Ley de Ética Médica, algunas buscando introducir artículos que, como se dice ahora “modulen” los fines de la mercantilización de la medicina, que han podido frenarse en muchísimas de sus discusiones, audiencias en el Congreso de la Republica, Foros y Asambleas Nacionales en las cuales ha habido partición de las asociaciones médicas nacionales. El llamado que se debe hacer en este momento, antes de entrar a analizar puntualmente artículos o conceptos de cada proyecto es. a todas las Instituciones Gremiales médicas, a todas las entidades en las que participen los médicos (Facultades de Medicina, Tribunales de Ética Médica, asociaciones de pre y posgrado, etc.) para reconstituir o volver a reunir la que se llamó Gran Junta Médica Nacional, autora del Proyecto que se convirtió en Ley Estatutaria de Salud, la cual es uno de los adelantos más significativos que puede registrar la Seguridad Social en los últimos cien años de historia colombiana, con lo cual quedó demostrado que si se puede avanzar construyendo una UNIDAD DE ACCIÓN, respetando el pensamiento de todos los colegas, respetando la autonomía de las entidades médicas, solo decir que lo fundamental es lograr consensos en los que nos une. La construcción de un estatuto regulador de la Ética en el ejercicio profesional de la Medicina es una tarea de los médicos, por los médicos y para los médicos y en defensa de la dignidad de nuestra profesión. Debemos ser protagonistas de nuestro propio futuro, una vez hayamos construido el nuevo estado de cosas ético, disciplinario, autorregulador de nuestra profesión, se debe realizar un debate a nivel nacional con todas las fuerzas vivas de la nación y lograr así una legislación que respete el ejercicio medico libre e hipocrático y el pleno derecho a la salud para todos los colombianos.


Author(s):  
Jorge Antonio Hernández Vela ◽  
Miryam Griselda Lora Loza

Esta investigación es de tipo sustantivo descriptivo trabajado con un diseño descriptivo correlacional. El presente estudio tiene como objetivo determinar la relación entre las actitudes hacia el trabajo en equipo y la calidad de la atención desde la percepción del usuario en salud del Hospital César Vallejo Mendoza de Santiago de Chuco durante el periodo de setiembre a diciembre del 2016, de una población de usuarios de salud entre las edades de 18 a más, de la cual se obtuvo una muestra de 363 usuarios. Los participantes fueron evaluados con los siguientes instrumentos: Encuesta de percepción de la calidad de atención y Escala de Actitudes hacia el trabajo en equipo. El análisis estadístico reveló en las actitudes hacia el trabajo en equipo y la percepción de la calidad de atención una correlación directa, de grado considerable y altamente significativa (p<.01) entre las actitudes hacia el trabajo en equipo con las dimensiones capacidad de respuesta y empatía, asimismo, una correlación directa, de grado medio y altamente significativa (p<.01) con la calidad de atención y sus dimensiones fiabilidad, seguridad y tangibilidad percibida por los usuarios del Hospital César Vallejo Mendoza de Santiago de Chuco.


Author(s):  
Claudia Bastidas Guarín ◽  
Gustavo Perdomo Giraldo ◽  
Alin Abreu Lomba ◽  
Rodrigo Cifuentes Borrero ◽  
Diana Milena Martínez Buitrago

Durante el embarazo hay cambios en la fisiología de la tiroides, caracterizados por el aumento de las concentraciones de globulina fijadora de tiroides, tiroxina y triyodotironina que aumentan en casi un 50%; esto también aumenta los requerimientos de yodo. El hipertiroidismo se caracteriza por una disminución de la hormona estimulante de la tiroides (TSH) y niveles altos de hormonas tiroideas: la tiroxina (T4), la triyodotironina (T3), que complica a 1-2 mujeres por cada 1.000 embarazos, ocurre primero como una enfermedad de la glándula tiroides. La enfermedad severa ocurre entre 0.1-1 por ciento de embarazos. Puede manifestarse como hipertiroidismo manifiesto o subclínico. Debido a los cambios en la fisiología de la tiroides durante el embarazo, se recomienda su uso para el diagnóstico de la enfermedad tirodia durante el embarazo, rangos de referencia de TSH y T4L específicos para cada población y para cada trimestre. Para el tratamiento del hipertiroidismo en el embarazo, se recomienda el uso de Propylthiuracil de acuerdo con el trimestre. Esta es la opción en el primer trimestre y el metimazol en el segundo y tercer trimestre. Estas recomendaciones se basan en el riesgo de hepatotoxicidad y teratogenicidad. El tratamiento quirúrgico en mujeres embarazadas con hipertiroidismo también es una opción disponible durante el embarazo, indicada en ciertos casos en los que el manejo médico no puede ser tolerado por las alergias a las tionamidas o la agranulocitosis como efecto secundario. Se realiza una revisión de la literatura y presentación de 3 casos.


Author(s):  
Johann Díaz Romero ◽  
Alexis Idrobo Paredes ◽  
Sofía Guerrero Eraso
Keyword(s):  

Se describe el caso de un paciente con factores de riesgo elevados para enfermedad ateroesclerótica que ingresó por dolor en miembros inferiores asociado a úlcera en glande y muñón de pie derecho, además de claudicación intermitente, impotencia sexual y ausencia de pulsos en miembros inferiores, fue valorado integralmente por múltiples especialidades confirmando el diagnóstico de Síndrome de Leriche, quien por su alto compromiso requirió de amputación del miembro inferior derecho. Nuestro interés es resaltar la importancia del examen físico vascular periférico como método de sospecha diagnóstica para la oportuna intervención del paciente con enfermedad vascular periférica y así prevenir futuras complicaciones.


Author(s):  
Guillermo Andrés Sáez Abello ◽  
Andrés Ariza Viviescas ◽  
Pedro Belén Carrillos Cárdenas
Keyword(s):  

Objetivo: analizar el crecimiento físico y rendimiento escolar en la asignatura de ciencias naturales, para lo cual, se verificaron y evaluaron dichas variables en escolares chilenos buscando una correlación. Método: Diseño descriptivo correlacional, donde el lugar de desarrollo fue la institución Colegio municipal alta Cumbre, en la ciudad de Curicó, Chile. Participantes: adolescentes escolares de 13 años. Intervenciones; se seleccionaron 100 escolares de ambos sexos, los cuales pertenecen a un colegio del sistema público. Se evaluaron las variables de peso, sexo, estatura, edad y rendimiento escolar. Los datos fueron analizados a través de la media aritmética, desviación estándar y prueba t para muestras independientes en donde las principales medidas de resultados fueron Variables de crecimiento, sexo y rendimiento escolar. Resultados: se pudo observar que no existe ningún tipo de correlación, obteniendo el valor en hombres P = 0,03 y en las mujeres -0,00 resultando una disociación de los factores, por lo tanto no existe una relación entre variables. Conclusiones: los resultados determinan antecedentes normales respecto a criterios antropométricos, un rendimiento académico sustentado en el marco de la legislación educativa chilena, lo cual muestra, promedios académicos aceptables en cuanto a evaluaciones de los estudiantes adolescentes tempranos según la literatura científica. Finalmente, los resultados obtenidos muestran que el crecimiento físico respecto al rendimiento escolar no varía en ambos sexos, por lo que no existe ninguna relación entre ambas variables desarrolladas.


Author(s):  
Álvaro Hernán Rodríguez ◽  
Ana María Paredes Moreno ◽  
Cesar Andrés Ramírez Salcedo
Keyword(s):  

La cirugía de afirmación de género es un campo de cirugía reconstructiva, que se practica en todo el mundo; No obstante, en Colombia, es un procedimiento que se ha realizado pocas veces con resultados catastróficos en la mayoría de los casos, debido a la falta de experiencia, a la ausencia de un protocolo adecuado para evaluación de la salud mental, o una combinación de muchos otros aspectos. En el Centro Especializado de Cirugía Mamaria y Cirugía Transgénero de Cali, el equipo quirúrgico ha realizado 23 casos exitosos de cirugía de afirmación de género Hombre a Mujer, siguiendo las “Normas de atención para la salud de personas con género no conforme”, de la Asociación Mundial de Profesionales para la Salud Transgenero (WPATH, por sus siglas en inglés) con buenos resultados funcionales y estéticos comparables con los resultados que se han publicado sobre el tema en la literatura mundial.


Author(s):  
Julian Fernando López Giraldo ◽  
Eliana María Serrano Perea ◽  
Jaime Saavedra Saavedra

    La endometriosis es la presencia de tejido endometrial fuera del útero, es una enfermedad ginecológica benigna y crónica. una de las localizaciones en la presentacion de esta enfermedad es en la zona rectovaginal, como una de sus formas más severas, la cual se asocia a síntomas graves, como dolor pélvico crónico, dismenorrea y disquecia, con implicaciones importantes como alteraciones en la funcionalidad gastrointestinal y su asociación con alteraciones en la fertilidad de las pacientes que lo presentan. En este artículo realizamos una revisión de la literatura, acerca de esta patología, su presentación clínica, diagnóstico, alternativas en el tratamiento, tanto médico como quirúrgico, y las complicaciones que se pueden ver en este tipo de pacientes.  


Author(s):  
María Luisa Bastidas Cuellar ◽  
Antonio José Paredes Fernández ◽  
José Fernando Gómez Urrego ◽  
Alfonso María Valencia Caicedo ◽  
Juan Pablo Rojas Hernández
Keyword(s):  

Objetivo: Caracterizar la susceptibilidad bacteriana en la infección urinaria adquirida en la comunidad de la población pediátrica atendida en una institución de Cali-Colombia. Materiales y métodos: Estudio observacional descriptivo, retrospectivo, en niños de 1 mes a 18 años de edad, que consultaron a la Fundación Clínica Infantil Club Noel con una impresión diagnóstica de primer episodio de Infección del Tracto Urinario (ITU) confirmado por urocultivo y que cumple los criterios de inclusión establecidos. Durante el período comprendido entre el 1 de enero a 31 de diciembre de 2015. Resultados: Se evaluaron un total de 196 urocultivos positivos. La ITU de la comunidad en varones, es más frecuente en los menores de 1 año de edad, en comparación con las niñas donde se presenta principalmente entre 1 a 5 años. El microorganismo más comúnmente identificado fue E. coli, seguido de Proteus spp. y finalmente Klebsiella pneumoniae. Los patrones de resistencia fueron: penicilinasa de bajo techo en el 9.1%, Betalactamasa de Espectro Ampliado (BLEA) en el 60.2%, Betalactamasa AmpC en 10,2% y Betalactamasa de Espectro Extendido (BLEE) en 7,1% de los aislamientos. Conclusiones: Se concluye que la primera ITU en niños se presenta con mayor frecuencia en el primer año de vida, mientras que en niñas ese primer episodio ocurre dentro de los primeros 5 años. Respecto a los patrones de resistencia, el patrón AmpC y BLEE se encuentra en el 17.3%, en la población de estudio. La resistencia persiste alta a antibióticos de uso habitual como ampicilina, cefalotina y Trimetoprim- Sulfametoxazol (TMP-SMX).


2019 ◽  
Vol 13 (2) ◽  
pp. 5-8 ◽  
Author(s):  
Cesar Augusto Prieto Ávila
Keyword(s):  

A propósito del debate nacional abierto sobre las decenas de iniciativas planteadas en el PND radicado ante el Congreso Nacional, podemos intentar un análisis académico sobre lo relacionado con los que nos incumbe, el tema de la Salud. Digamos antes que nada que La ley 1751 de 2015 (conocida como LES) aprobada por el congreso así como la Sentencia de la Corte Constitucional sobre la revisión de constitucionalidad de la misma, se constituyen en uno de los adelantos más significativos que puede registrar la historia de la Seguridad Social Colombiana en los últimos cien años de vida política, pues se resaltan puntos fundamentales que surgen como cambios básicos y estructurales del actual Sistema Nacional de Salud que rige desde 1993, dándole rango constitucional a conceptos tan importantes como el cambio del sistema de aseguramiento por el de un verdadero sistema nacional de salud, en el cual es el Estado el único responsable de garantizar el derecho fundamental a la salud como un derecho individual y colectivo e irrenunciable de todos los habitantes del país sin intermediación y sin la intervención de capitales privados. Es conveniente hacer algunas anotaciones con respecto a la Ley, ya que se considera que la sentencia de la Corte Constitucional no desvirtúa el espíritu de la ley, sino que, por el contrario, le imprime mayor consistencia de tipo jurídico y produce un cambio trascendental en la legislatura constitucional del país. La reforma fundamental es que se cambia un sistema de aseguramiento por un verdadero Sistema Nacional de Salud. La Corte además reafirma en varios apartes de la Ley la naturaleza de los dineros utilizados en el Sistema de Salud al enfatizar que son “recursos públicos asignados a la salud”, es un precedente muy importante para la lucha contra la corrupción.


Author(s):  
Lina Ximena Cuellar Rivas
Keyword(s):  

La OMS define la salud Mental como “un estado de bienestar en el cual el individuo es consciente de sus propias capacidades y puede afrontar las tensiones normales de la vida, puede trabajar de forma productiva y fructífera y es capaz de hacer una contribución a su comunidad”. Dentro de los determinantes de la salud mental además de las características individuales como la capacidad para gestionar nuestros pensamientos, emociones e interacciones con los demás, están los factores: sociales, culturales, económicos, políticos y ambientales en las cuales se incluyen el contexto político como las políticas nacionales, la protección social, el nivel de vida, las condiciones laborales y las redes de apoyo comunitarias. Dentro de los factores asociados con problemas en salud mental están: la pobreza, enfermedades crónicas, maltrato o abandono en especial en población infantil, abuso de sustancias en especial en la adolescencia, población adulta mayor, grupos minoritarios como: indígenas, sometidos a discriminaciones y violaciones de derechos, población LGTBI, prisioneros o expuestos a conflictos armados o desastres naturales u otras emergencias humanitarias1. En los países de ingresos bajos y medios, entre un 76% y un 85% de las personas con trastornos mentales graves no reciben tratamiento; en los países de ingresos elevados oscila entre un 35% y un 50%1.   En Colombia se viene observado el incremento de los problemas y trastornos mentales y del comportamiento y la epilepsia, los años de vida potencialmente perdidos por el suicidio, la prevalencia de consumo de alcohol y otras sustancias psicoactivas, las elevadas cifras de violencia2.


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