A través del análisis de conceptos básicos sobre justicia transicional, se examinará en este escrito la desmovilización del Movimiento 19 de abril (en adelante M-19) y las Auto Defensas Unidas de Colombia (en adelante AUC), haciendo una revisión de las medidas implementadas, sus resultados y aportes, tanto en la conceptualización jurídica, como en la incorporación de estándares internacionales que buscan la promoción y defensa de los derechos humanos, así como la reducción y/o eliminación de los efectos del conflicto armado.
Se buscará establecer si las medidas aplicadas en los procesos de desmovilización en Colombia se pueden considerar como instrumentos de justicia transicional teniendo en cuenta su eficacia, porcentaje de miembros realmente desmovilizados, medidas de carácter penal, judicial y administrativo aplicadas a los miembros de esos grupos, y finalmente, el reconocimiento de las víctimas como figuras de relevante importancia; la evolución del reconocimiento de sus derechos a la verdad, justicia, reparación y no repetición.