Anuario Español de Derecho Internacional
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Published By Universidad De Navarra

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2021 ◽  
Vol 37 ◽  
pp. 279-318
Author(s):  
Irene Vázquez-Serrano
Keyword(s):  

El modelo de cooperación internacional más clásico, esbozado tímidamente tras la Segunda Guerra Mundial y basado en donantes y receptores, ha dado lugar a un nuevo modelo que, si bien se recoge tímidamente en la Resolución 2625, ha sido desarrollado y puesto de manifiesto en la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible, última evolución del principio de cooperación. Un modelo liderado por Naciones Unidas, amparado por el consenso en su adopción y asentado en la cooperación horizontal, con una amplitud de actores y nuevas formas y herramientas de cooperación, pero con numerosos retos aún por delante, incluso, para el Derecho internacional.


2021 ◽  
Vol 37 ◽  
pp. 117-158
Author(s):  
Alicia Cebada-Romero

Tras veinte años de vida, la Agenda Mujeres, Paz y Seguridad da muestras de agotamiento. En el Consejo de Seguridad algunos miembros permanentes han expresado sus renuencias a seguir apoyando avances y la falta de una implementación efectiva ha generado desconfianza y decepción en las organizaciones de la sociedad civil. Hasta el momento la Agenda se ha desarrollado mediante Resoluciones del Consejo de Seguridad y la adopción de Planes Nacionales de Acción. La Agenda ya no es dominio exclusivo del Consejo de Seguridad y, en las circunstancias actuales, el reforzamiento de su naturaleza como instrumento de protección de los derechos humanos y el apoyo de la sociedad civil son fundamentales para preservar los logros alcanzados hasta el momento y seguir avanzando en su implementación efectiva.


2021 ◽  
Vol 37 ◽  
pp. 423-451
Author(s):  
Norman Sempijja ◽  
Collin Olebogeng-Mongale

The post-cold war period has witnessed an evolution in the nature of conflict from the new wars of the 1990s to asymmetric conflicts involving the weaponisation of civilians. This has achieved the twin objective of operating within the ranks of the combatants (in the case of women) as wives and child-bearers of the fighters, and inflicting harm on adversaries through suicide attacks. The weaponisation of women in the case of the wars in Syria and Nigeria has therefore elicited both human security challenges for the communities being targeted, and for the weaponised women. The biggest dilemma facing states of origin has been whether to accept the weaponised women’s return and rehabilitate them or declare them stateless. There has been a clear tendency to securitise them, especially when internal political dynamics are factored in. This qualitative study uses a case study approach to delve into the human security challenges emanating from the weaponisation of women in the case of Boko Haram and the Islamic State between 2001 and 2018. The paper further relies on content analysis to delve deeper into the discourse on human security. Through the use of a human security conceptual framework and securitisation theory, the paper argues that although once weaponised, some women become human security threats to targeted communities, and also face human security challenges during and after the insurgency, there is a need to deal with the women on a case-by-case basis rather than pursuing a blanket policy of securitising them. States need to work with international organisations to action processes aimed at delivering justice, demobilisation, rehabilitation, and the reintegration of these women. This will uphold international law and respect for human rights.


2021 ◽  
Vol 37 ◽  
pp. 251-277
Author(s):  
Ángela Trujillo-del-Arco

In commemoration of the fifty-year anniversary of the adoption of the United Nations General Assembly resolution 2625 (XXV), Declaration on Principles of International Law concerning Friendly Relations and Co-operation among States in accordance with the Charter of the United Nations, it is fitting to assess the current relevance of this document in the international legal order. An indepth study of the contentious cases and the advisory opinions of the International Court of Justice allows to demonstrate that this instrument is not a mere declaration. On the contrary, it will be shown that, in the present day, it is a key instrument in the resolution of disputes between States.


2021 ◽  
Vol 37 ◽  
pp. 199-248
Author(s):  
Luis-A. López-Zamora
Keyword(s):  

En noviembre de 2017, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió la Opinión Consultiva sobre Medio Ambiente y Derechos Humanos. Su adopción tuvo un impacto inmediato en la comunidad jurídica; particularmente, al ser la primera vez que la Corte analizó –de forma general–, las obligaciones de los Estados parte de la Convención Americana en lo referido a la protección del medio ambiente, en conexión con la protección de los derechos humanos reconocidos en dicho instrumento. Después de la adopción de esta decisión, la mayor parte de académicos, saludarían su contenido. Sin embargo, nosotros creemos que se requiere una aproximación crítica. Este artículo es una oportunidad para considerar las posibles debilidades presentes en la adopción de aquella Opinión; especialmente, en lo que respecta a la argumentación seguida por la Corte para expandir su jurisdicción y hacer posible la judicialización de derechos ambientales, que no se encuentran consagrados en la Convención Americana. Énfasis particular, será dado al hecho de que –en esta oportunidad–, la Corte no utilizó un procedimiento contencioso para realizar aquella expansión legal, sino que –utilizó con ese fin–, una Opinión Consultiva que, según la misma Corte presenta efectos particulares para los Estados parte de la Convención.


2021 ◽  
Vol 37 ◽  
pp. 353-378
Author(s):  
María Torres-Pérez

El conflicto del Yemen está cerca de cumplir 10 años. En el mismo, la ONU ha llevado a cabo una actividad constante de intervención, sin que hasta el momento ninguno de los mecanismos puestos en marcha haya conseguido su objetivo fundamental de detener el conflicto y acabar con la impunidad a la que se ve condenada su población civil. Ante la mayor crisis humanitaria acaecida en lo que va de siglo, este estudio se plantea la labor de la Organización y qué respuesta podría ser la adecuada.


2021 ◽  
Vol 37 ◽  
pp. 379-422
Author(s):  
Esperanza Márquez-Chamizo
Keyword(s):  

En noviembre de 1989, una masacre conmovió al mundo: el caso de los jesuitas españoles asesinados en El Salvador. Hasta el pasado septiembre de 2020, no hubo ninguna condena para los culpables, siendo ésta una ocasión en la que la idea de jurisdicción universal ha surgido en un nuevo intento de luchar contra la impunidad. El trabajo aborda la respuesta de El Salvador, lugar donde ocurrieron los hechos, así como la posición mantenida por España, la tierra de Ellacuría y sus compañeros, trágicamente fallecidos. Ello, junto con la respuesta judicial de la Audiencia Nacional respecto al caso, es objeto de análisis en este trabajo.


2021 ◽  
Vol 37 ◽  
pp. 9-70
Author(s):  
Romualdo Bermejo-García

El presidente Trump modificó radicalmente el rumbo de la política estadounidense sobre el conflicto israelo-palestino seguido por la Administración Obama. Varios elementos de la política de Obama, en particular su posición sobre Irán y sobre la admisión de Palestina como miembro de las Naciones Unidas, habían tensado las relaciones con el gobierno israelí. La administración Trump, por el contrario, ha otorgado su respaldo formal a diferentes políticas de Israel y situaciones de hecho no reconocidas por la comunidad internacional. Entre otras, cabe destacar el reconocimiento de Jerusalén como capital del Estado israelí, la decisión de trasladar la Embajada estadounidense a Jerusalén y el reconocimiento de la soberanía israelí sobre los Altos del Golán. Más allá de la polémica generada por estas medidas, la demanda introducida por Palestina contra Estados Unidos por el traslado de su embajada a Jerusalén plantea cuestiones de gran interés jurídico en un ámbito extraordinariamente intrincado. Al mismo tiempo, una de las cuestiones previas que deberá abordar la Corte es la legitimización activa de Palestina, pues solo los Estados pueden acudir a la competencia contenciosa de la Corte. Finalmente, cabe mencionar el «plan de paz del siglo» propuesto por Trump para la solución del conflicto israelo-palestino, un plan rechazado por los líderes palestinos, aunque valorado en su momento por Biden en términos favorables. Al mismo tiempo, hay que tener presente la conclusión de los denominados «acuerdos de Abraham», que marcan el reconocimiento de Israel por los Emiratos Árabes Unidos, y por Bahrein y el inicio de relaciones entre los mismos. El futuro dirá cuál es la opción seguida por los restantes países árabes del Golfo, en especial Arabia Saudí, así como Irán y Turquía. Aunque estas dos últimas potencias no coincidan en algunos aspectos, como el religioso, pueden aliarse para apoyar determinadas políticas e influir en ciertos países árabes, como Qatar y Siria.


2021 ◽  
Vol 37 ◽  
pp. 71-115
Author(s):  
Carmen Márquez-Carrasco ◽  
Daniel Iglesias-Márquez
Keyword(s):  

Los efectos sin precedentes de la pandemia de la COVID- 19 han generado una crisis global multinivel y multisectorial que ha afectado a toda la sociedad internacional. En este contexto, los Estados han adoptado una serie de medidas de emergencia para evitar la propagación del virus que al mismo tiempo han tenido efectos secundarios en la economía global. Ante tal situación, los Estados y las empresas han intentado mantener la viabilidad de sus economías y de sus actividades empresariales. No obstante, algunas de sus respuestas han tenido impactos negativos en el disfrute de los derechos humanos y laborales. En este sentido, el presente artículo analiza en qué medida la agenda internacional de empresas y derechos humanos proporciona a los Estados y a las empresas las directrices necesarias para que las acciones y decisiones adoptadas durante la crisis sanitaria garanticen el respeto de los derechos humanos en el marco de las actividades empresariales. Asimismo, reflexiona sobre las oportunidades que ha creado esta pandemia para seguir avanzando e implementado la agenda internacional de empresas y derechos humanos en la nueva normalidad.


2021 ◽  
Vol 37 ◽  
pp. 321-352
Author(s):  
Eduardo Jiménez-Pineda

esta nota aborda la contribución de los arbitrajes internacionales interestatales, de un lado, a la definición de los espacios marinos y, del otro, a su delimitación. Así, se estudia el modo en que determinados laudos arbitrales especialmente relevantes han coadyuvado a la definición del mar territorial y su anchura, la alta mar y sus principios reguladores, la plataforma continental y, también, al régimen jurídico de las islas. Finalmente, la nota expone las principales aportaciones del arbitraje a la delimitación de los espacios marinos y refleja la interacción y desarrollo conjunto por parte del arbitraje, la Corte Internacional de Justicia y el Tribunal Internacional del Derecho del Mar.


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