scholarly journals Formas contemporáneas de esclavitud y trata de seres humanos: una perspectiva de género

2019 ◽  
Vol 39 ◽  
Author(s):  
Cristina Guisasola Lerma

La trata de seres humanos con fines de explotación constituye una grave vulneración de los derechos humanos y a la par supone una manifestación extrema de la situación de desigualdad en la que se encuentran las mujeres en muchos lugares del mundo: un 71 % de las víctimas de trata y explotación son mujeres y niñas.El trabajo comienza poniendo de manifiesto el compromiso y las acciones llevadas a cabo por los instrumentos internacionales y comunitarios y, tras analizar la regulación en el Derecho Penal español, concluye con la necesidad de reforzar el marco normativo con una ineludible perspectiva de género, que permita incrementar las herramientas legales para perseguir estos delitos, intensificando las acciones para la prevención, la protección de las víctimas, y la lucha contra esta lacra social desde una perspectiva global e interdisciplinar.

2021 ◽  
Vol 19 (40 set/dez) ◽  
Author(s):  
Nadia Andrea Volodar

El presente trabajo tiene como fin analizar la complejidad de la situación de las mujeres y las disidencias sexuales cuando son denunciantes de las violencias de género en el proceso penal, en el marco del actual crecimiento de las investigaciones de estos casos en la Argentina y en toda la región latinoamericana. El objetivo principal es hacer un aporte sobre cuáles son algunas de las múltiples aristas a considerar con respecto a la aplicación de los institutos de medidas alternativas de resolución de conflictos para lograr minimizar el avance del poder punitivo. En esta línea, nos focalizamos en estudiar las posibilidades de aplicarlas y en cuáles son, actualmente (y cómo debieran ser), las respuestas de la administración de justicia en la Argentina, a la luz del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y los lineamientos de los poderes de gobierno argentinos, en especial a través del fallo Góngora y las modificaciones a la legislación penal de los últimos años. A su vez, abordaremos los posicionamientos de los feminismos jurídicos desde referentes ineludibles que aportarán sus reflexiones en el gran debate sobre esta materia entre los feminismos garantistas –los cuáles propenden a explorar estos institutos, respetando la multiplicidad de los casos– y aquellos feminismos que se oponen a su aplicación casi indefectiblemente, por considerar que se afectan los derechos de la persona damnificada. Palabras claves: derecho penal, feminismos, violencia de género, poder punitivo, antipunitivismo.


Author(s):  
Sheila Fernández Míguez

En la presente investigación se examinan las tensiones entre género/raza-etnia involucradas en los casos de violencia machista en el Wall Mapu, hoy parte de la región de La Araucanía en Chile. Para ello en primer lugar, se realiza una exposición del marco teórico construido sobre la base de la teoría decolonial y los estudios feministas. En segundo lugar, se analiza el Derecho Internacional de los Derechos Humanos centrándonos en los estándares internacionales de los derechos de las mujeres y los Pueblos Indígenas. La tercera parte de la investigación se centra en el estudio crítico de la legislación chilena sobre violencia intrafamiliar, en concreto, la Ley 19.325 y la Ley 20.066, profundizando en la derogada figurada de la conciliación y la actual prohibición de los acuerdos reparatorios. En cuarto lugar, se lleva a cabo un estudio de las instituciones del Sistema Sancionador Indígena en general, y de cuáles son las prácticas sancionadoras de la violencia machista en el Az Mapu o cosmovisión mapuche. El objetivo del estudio del Derecho Internacional, estatal, así como del Sistema Sancionador mapuche es sentar las bases para defender el reconocimiento de la autonomía jurisdiccional indígena en el actual marco legal chileno, solución que además presenta ventajas específicas para las mujeres mapuche desde la perspectiva de la erradicación, protección y sanción de la violencia machista, y de la recuperación de su justicia ancestral, lo que a su vez permite que no se pierda su cosmovisión. Finalmente se estudia el abordaje de esta problemática en los Tribunales Aborígenes australianos.


2012 ◽  
Vol 4 (7) ◽  
Author(s):  
Jean-Manuel Larralde
Keyword(s):  

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha desarrollado una jurisprudencia protectora de las mujeres que se despliega de dos maneras complementarias; de una parte, apoyándose sobre el principio de no discriminación el Tribunal contribuye a promover las condiciones de igualdad de trato entre hombres y mujeres privilegiando la universalidad de los derechos protegidos por la Convención Europea de Derechos Humanos. Por otra parte, consciente de que las mujeres pertenecen a un grupo específico que requiere de medidas especiales de protección, el Tribunal ha desarrollado una jurisprudencia aplicable específicamente a las mujeres, reconociéndoles parcialmente un derecho a la libre disposición de sus cuerpos e imponiéndole a los Estados europeos la implementación de mecanismos de protección para combatir la violencia contra las mujeres


1970 ◽  
Vol 1 (1) ◽  
Author(s):  
Grupo de estudios políticos, Normativos y de derechos humanos

Este artículo es un producto parcial del proyecto de investigación que en la líneadel Derecho penal constitucional y garantista se adelanta desde la academia, conel propósito de analizar en qué forma la Ley de justicia y paz (Ley 975 de 2005) ysu aplicación, se ajusta a los estándares internacionales de derechos humanos enmateria de justicia, verdad y reparación que proclama respecto de las víctimas y laconformidad de los procedimientos allí definidos con los principios de independenciajudicial.


Filanderas ◽  
2017 ◽  
pp. 75-84
Author(s):  
Alicia Brox Sáenz de la Calzada
Keyword(s):  

La violencia contra las mujeres se ha traducido jurídicamente de diversas formas. Mientras que las organizaciones internacionales de Derechos Humanos la definen ampliamente como cualquier acto de violencia cometido contra una mujer por el simple hecho de serlo, los Estados miembros de la Unión Europea suelen restringir penalmente el concepto en función de varios factores. Esta diversidad se traduce en una falta de uniformidad, existiendo, para un mismo fenómeno, múltiples traducciones penales. Para limitar las diferencias, los Estados miembros del Consejo de Europa elaboraron en 2011 el Convenio de Estambul, texto de importante calado que insta a seguir ciertas pautas de género a la hora de legislar en la materia y del que se espera resulte una mayor armonización europea. Este artículo ilustra brevemente el estado actual de la cuestión en Francia y en España, dos de los países signatarios del Convenio que presentan grandes disparidades legislativas sobre el asunto. Mientras que España ha introducido la violencia de género en su Código Penal como una infracción sexo específica autónoma, Francia ha optado por hacerlo a través de una circunstancia agravante.


2020 ◽  
Vol 1 (2) ◽  
pp. 207-216
Author(s):  
Juan Ignacio Pérez Curci

Estoy convencido que no hay una discusión más importante en la filosofía política actual que aquella referida al uso legítimo del poder coercitivo del Estado. De allí el valor que adquieren preguntas como las referidas a por qué obedecer a la autoridad política si uno disiente con ella; por qué pagar impuestos que se destinan a financiar una guerra; o cuándo se justifican la desobediencia civil o la objeción de consciencia (acciones que, cabe notarlo, reconocen la validez general del derecho penal).


2018 ◽  
Vol 1 (01) ◽  
pp. 72-78
Author(s):  
Tracie Paola Méndez Saravia
Keyword(s):  

El presente estudio busca analizar el derecho a la vida desde el enfoque de los derechos humanos de las mujeres, haciendo una exposición sobre la situación que les afecta y limita el ejercicio de sus derechos humanos, con énfasis en los derechos sexuales y reproductivos. Además, se analizan los marcos legales vigentes en Guatemala, que establecen la obligatoriedad del Estado a garantizar la prevención, atención y reparación en cuanto a la violencia sexual y los embarazos no deseados, forzados o no planificados. Así mismo se analizan, aquellos marcos legales que limitan el ejercicio del derecho de las mujeres a decidir libremente. Se realiza una exposición de los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, especialmente los derechos a la vida y se expone sobre las nuevas evidencias científicas en relación al inicio de la vida humana. Se colocan además algunas de las principales problemáticas y necesidades que afectan a las mujeres en el ámbito de la sexualidad.


2015 ◽  
Vol 23 (3) ◽  
pp. 959-973 ◽  
Author(s):  
Carla Peñaloza Palma
Keyword(s):  

Las mujeres familiares de las víctimas de la dictadura chilena se organizaron muy tempranamente para buscar a sus seres queridos y exigir verdad y justicia. Sin embargo, los estudios feministas las han relegado al rol de mujeres-madres que salen por primera vez de sus casas para cumplir un rol tradicional, como es el de cuidar a sus familiares, sin otorgarles un carácter político a sus movilizaciones. En este trabajo, planteamos poner en discusión este análisis, proponiendo que jugaron un rol muy importante en la defensa de los derechos humanos, así como también en la rearticulación del tejido social destruido tras el golpe de Estado. Ellas se convirtieron en actores políticos de primera línea en el espacio público para exigir la verdad sobre el paradero de sus seres queridos, interpelando al régimen y su legitimidad, defendiendo, de esa forma, los derechos humanos confiscados a todos los chilenos


Lux Médica ◽  
2019 ◽  
Vol 14 (41) ◽  
pp. 43-58
Author(s):  
Alejandra Valenzuela-Banda ◽  
Felipe Alonso De la Torre Rodríguez
Keyword(s):  

La violencia contra las mujeres, en cualquier etapa de la vida, constituye una violación a sus derechos humanos y a sus libertades fundamentales, por lo que existe un amplio marco jurídico internacional que sustenta y protege contra la violencia relacionada con la salud reproductiva. El concepto de violencia obstétrica es relativamente nuevo y aún poco conceptualizado, relacionado de manera casi exclusiva al periodo del parto. La violencia obstétrica se entiende como cualquier forma de violencia por la que pase la mujer durante el embarazo y el proceso de parto. Comprende todo daño físico, sexual, psicológico, emocional, laboral o económico para las mujeres y la coacción o la privación arbitraria de su libertad. La institucionalización, la medicación excesiva, la falta de información relacionada a los procedimientos y el paternalismo médico que pueden ocurrir antes, durante y después del parto, han conducido al sometimiento de la mujer gestante a un abuso cotidiano por parte del personal de salud, convirtiéndose en un problema de salud pública y de derechos humanos, que se define como violencia obstétrica. En este documento se presenta una revisión del tema. LUXMÉDICA, AÑO 14, NÚMERO 41, MAYO-AGOSTO 2019, PP 43-58.


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