Paradigmas del diálogo en la pluriculturalidad
Como producto del proceso de globalización existe una asimetría entre el corpus iuris internacional de derechos humanos y las normas internas de derechos fundamentales. Aunque la globalización tiende hacia la homogenización del derecho y la cultura, simultáneamente implica el desconocimiento de culturas e identidades sociojurídicas. Con un método descriptivo-propositivo, se toma la premisa de que “la aplicación de los derechos humanos es universal” y se propone el establecimiento de medidas que armonicen el plano supra-nacional frente a los reconocimientos antropológico, histórico y cultural del habitante humano, desde una dimensión multicultural de las expresiones jurídicas. Con este propósito, se concluye dos alternativas: la primera desde lo micro con la aplicación del modelo dialógico para lograr un diálogo intercultural, el cual partirá desde la base de la incompletitud y la debilidad existentes entre culturas para arribar a la construcción fenomenológica de una conciencia colectiva. Y segundo, en el plano macroestatal, establecer diálogos interjudiciales ascendentes desde los jueces nacionales hacia las cortes internacionales pertenecientes a los sistemas regionales de protección de derechos humanos.