scholarly journals LA JUSTICIA DIGITAL COMO ESTRATEGIA DE DESENCRIPTACIÓN FEMINISTA DEL PODER

2020 ◽  
Vol 23 (45) ◽  
pp. 61-77
Author(s):  
Ariadna Estévez

El artículo propone, teniendo como estudio de caso el #MeTooMexicano, que la justicia digital puede ser una forma de desencriptación del poder colonial/patriarcal en el caso de violencia sexual y de género, como parte del Feminismo 4.0 o de cuarta ola, como propone la feminista Nuria Varela. Se entiende la encriptación del poder como el entrelazamiento progresivo del lenguaje de interpretación no sólo de la Constitución y el derecho, sino de una serie de procesos y datos que integran la realidad como tal; desencriptar el poder significa pues revertir la exclusión del sujeto de la colonialidad y el patriarcado como la forma básica de dominación. La justicia digital es el proceso mediado por las plataformas digitales, en el que a falta de un sistema de justicia funcional y eficiente, las víctimas de algún delito o violación a los derechos humanos, especialmente las víctimas de violencia sexual y de género, narran sus experiencias bajo un hashtag con la expectativa de que se haga trending topic y su masividad y viralidad tenga el efecto de evidenciar al presunto perpetrador, quien puede por la vía de las plataformas digitales negar o aceptar la acusación. El argumento central es que en el #MeTooMexicano la violencia sexual se litigó digitalmente como estrategia para desencriptar el poder colonial y patriarcal que no permiten a las mujeres el acceso a la justicia.

2015 ◽  
Vol 3 (1.1) ◽  
pp. 12-21
Author(s):  
Nalda Arias Cascante

En el devenir de los tiempos, a las mujeres se les ha expropiado de sus esfuerzos, de sus creaciones, de sus riquezas (tanto simbólicas como físicas) y de su trabajo. Es a partir de la I Conferencia Mundial de la Mujer, promovida por la ONU (1975), cuando se inaugura la cruzada para reivindicar los derechos humanos en todos los ámbitos, incursionando en los diversos mecanismos jurídicos de los estados modernos y democráticos. El presente artículo expone los resultados del estudio sobre la implementación del Sistema de Gestión en Igualdad y Equidad de Género (SIGEG) y su impacto sobre la gestión de los recursos humanos en las organizaciones. Teniendo como líder del caso (leader case) el Banco Popular y de Desarrollo Comunal (B.P.D.C.) de Costa Rica, se evidencia la relación entre sistemas de equidad y la obtención de excelentes resultados para las organizaciones. Se exponen los principales resultados obtenidos, mediante un análisis del enfoque cuantitativo y cualitativo, a través de la investigación descriptiva, bajo la metodología de estudio de caso. Los resultados satisfacen plenamente el objetivo propuesto sobre la influencia del SIGEG en la dirección y gestión de los Recursos Humanos, y de cómo esas prácticas impactan positivamente la gestión de la igualdad, equidad y diversidad en la organización.


2021 ◽  
Author(s):  
◽  
Ruth Astrid Mora Cuervo

La lucha por la autonomía, la igualdad de derechos, y las reivindicaciones específicas de las mujeres ha sido una constante histórica, y se ha venido impulsando con más fuerza en los consensos internacionales de los últimos 40 años. Las políticas públicas son herramientas mediante las cuales el Estado puede cumplir su obligación de garantizar todos los derechos sin discriminaciones de género. Por lo tanto, su adecuada formulación en concordancia con los estándares internacionales de derechos humanos y con la Agenda Regional de Género, es un paso imprescindible para alcanzar la igualdad sustantiva de género. El objetivo de esta investigación es realizar una comparación normativa del Plan de igualdad de oportunidades y derechos (PIOD) de Argentina y la Política Pública Nacional de Equidad de Género (PPNEG) de Colombia respecto a la garantía de derechos humanos y el empoderamiento económico y político de las mujeres. Se utiliza un enfoque metodológico cualitativo, de tipo estudio de caso. Se usa una evaluación normativa a partir de un enfoque de derechos humanos. Se encuentra que ambas políticas cumplen con la mayoría de los contenidos mínimos de la autonomía económica y política de las mujeres y los estándares de derechos humanos, no obstante, las cifras de cada país demuestran que la igualdad de género en sus diferentes dimensiones aún no se ha alcanzado. Se concluye que las políticas de igualdad de género de estos países coinciden en establecer acciones afirmativas y diferenciadas en pro de los derechos de las mujeres, pero difieren en su formulación debido a sus características socioculturales.


2019 ◽  
Vol 6 (1) ◽  
pp. 89-96
Author(s):  
Randolfo Alfaro Navas

La investigación se realizó en el Municipio de Yupiltepeque del Departamento de Jutiapa, con la finalidad de analizar el papel que ejercen los derechos humanos en ese Municipio y como son orientadas las mujeres adultas de los 20 a los 40 años el método que se utilizo fue el estudio de caso, y el cuestionario fue el instrumento para la recopilación de datos válidos y confiables, que permitieran dar respuesta a los objetivos planteados, se realizó el análisis de distintos autores para identificar el papel de los derechos humanos en las arias marginales de nuestro municipio y determinar cómo ese tipo de población desconoce totalmente los derechos que le asisten según los acuerdos internaciones y de nuestra constitución.


Author(s):  
Sandra Araya Umaña ◽  
Alejandra Paniagua Bonilla

Este artículo sintetiza la tensión entre los derechos de la niñez y de las mujeres víctimas de la violencia en el seno de los denominados procesos especiales de protección de la niñez en sede administrativa, investigada por medio de un estudio de caso en Costa Rica entre el 2017 y el primer trimestre de 2018. Como principal hallazgo se encontró que, en el campo de la niñez, el Estado expresa sus fisuras y contradicciones patriarcales con respecto a su compromiso con el derecho humano de las mujeres a una vida libre de violencia, quienes, además de experimentar la violencia de sus parejas, deben enfrentar la violencia estatal encubierta en el mito de la buena madre, en la figura del interés superior de la niñez y en una instrumentalidad conservadora. Asimismo, del estudio emergen retos en materia de promoción de los derechos humanos desde la perspectiva de género, pues en el escenario estudiado, las demandas sociales asociadas con la maternidad son colocadas en el centro de la intervención (y enjuiciamiento), encubriendo los hilos perversos de un Estado que, en esencia, mantiene intacta su estructura patriarcal y clasista.


Ánfora ◽  
2020 ◽  
pp. 75-102
Author(s):  
Juan Pablo Acosta Navas

Objetivo: analizar las contribuciones de las mujeres lideresas constructoras de paz de la Comuna 1 de Medellín en el ejercicio de su liderazgo comunitario, que aporta a la consolidación de un concepto de construcción de paz desde abajo y desde una perspectiva crítica y relacional de los derechos humanos. Metodología: investigación de carácter socio jurídico con enfoque cualitativo, desarrollada a partir de un estudio de caso con las mujeres lideresas constructoras de paz de la Comuna 1 de Medellín. En la ejecución de la investigación se combinaron técnicas documentales (análisis de conceptos y de literatura especializada), conversacionales (entrevistas semiestructuradas) e interactivas (trabajo de campo en territorio). Resultados: se encontraron manifestaciones de las paces cotidianas a nivel territorial por parte de las mujeres lideresas, además de diversas expresiones de resistencia y re-existencia encaminadas a resignificar la dignidad humana y la acción colectiva a través de apuestas ético-políticas en la construcción de paces en la Comuna 1. Conclusiones: las mujeres lideresas constructoras de paz en el territorio estudiado van un paso adelante de la teoría hegemónica de los derechos humanos y de los postulados de la paz liberal, su comprensión e interpretación de la sociedad y sus conflictos resulta de avanzada; esto ejemplifica muy bien cómo se puede continuar luchando en el ámbito sociopolítico por una sociedad más justa y en paz con una perspectiva desde abajo, para materializar esas paces cotidianas en sus contextos barriales y comunitarios.


Más Vita ◽  
2021 ◽  
Vol 3 (1) ◽  
pp. 66-84
Author(s):  
Iván Mauricio Alcocer Ortega ◽  
María del Carmen Saltos Rojas ◽  
Paola María Aurelia Barba Bailón ◽  
Joselyn Rosalía Martínez Martínez

Introducción: La violencia obstétrica constituye un problema de salud pública que necesita ser controlado y erradicado a nivel mundial, debido a que ha llegado a convertirse en una práctica irrespetuosa y abusiva, normalizada por los trabajadores de la salud, y representa otra forma de violencia hacia las mujeres. Dichas prácticas en las últimas décadas han venido ejecutándose de forma rutinaria durante el embarazo, el parto y el postparto, lo cual constituye una violación de derechos humanos fundamentales como el de la no discriminación y el derecho a una vida libre de violencia. Objetivo: Analizar la percepción de los profesionales de la salud acerca de la violencia obstétrica, para determinar tanto la difusión del fenómeno como el nivel de normalización de unas prácticas violentas y humillantes en profesionales de salud que se forman y actúan en el sistema nacional ecuatoriano. Se eligió como estudio de caso el Hospital San José de Taisha, en la parte amazónica del país. Metodología: La investigación es de tipo cualitativo con un diseño fenomenológico y se lleva a cabo a través de la consulta y análisis de fuentes secundarias y de entrevistas semiestructuradas a tres profesionales de la salud. Resultados. Se puso en evidencia que, aunque la violencia obstétrica ya es reconocida en su dimensión de violencia estructural y se han expedido protocolos de buenas prácticas, se pudo observar que aún persiste en los centros de salud y sigue normalizada. Conclusión: Las prácticas de violencia obstétrica se concentran en maltrato físico; maniobras inadecuadas como Kristeller, episiotomía, amniotomía y maltrato psicológico como discriminación, gritos y juicios de valor


Author(s):  
Ariadna Estévez

El artículo argumenta que las organizaciones de derechos humanos y sus reportes tienden a ignorar las continuidades de género que hay en la violencia criminal que origina la crisis de derechos humanos. Desarrolla la idea de las guerras necropolíticas como un tipo de conflicto que simultáneamente explica la violencia delincuencial y la de género, como parte de un contínuum de una violencia cuyo objetivo es asegurar el comercio de la droga y la mercantilización de los cuerpos de las mujeres para afirmar los mercados criminales. Con México como estudio de caso, se ofrece una tipología de las guerras necropolíticas: la guerra por la gubernamentalización necropolítica del Estado y la guerra por la desposesión de los cuerpos de las mujeres. Mientras que estas dos guerras tienen objetivos diferentes —cooptar y reconfigurar al Estado, y desposeer a las mujeres de sus cuerpos, respectivamente— comparten una característica: un espacio socio-legal disfuncional, permanentemente corrupto y deliberadamente letal que asegura la impunidad de las tecnologías de muerte del necropoder: masacre, feminicidio y desaparición forzada. Al analizar la violencia desde la perspectiva de las guerras necropolíticas, la violencia contra las mujeres se vuelve visible.


Author(s):  
María Dehays P. ◽  
Melissa Hichins A. ◽  
Vanessa Vidal C.

Esta investigación pretende dar a conocer cuáles son los significados que las mujeres con discapacidad intelectual le brindan a las experiencias de ser mujer y madre, junto con los factores que les facilitan y obstaculizan este proceso. Se utilizó una metodología cualitativa desde la mirada del paradigma interpretativo con un enfoque metodológico descriptivo-exploratorio; el tipo de diseño que se utilizó es el interaccionismo simbólico, en base a estudio de caso, donde la muestra está compuesta por tres mujeres con discapacidad intelectual y los resultados se analizaron según la Teoría Fundamentada.   La principal conclusión obtenida en esta investigación es que, los significados atribuidos por este grupo de mujeres estudiadas al ser mujer y madre son la feminidad y tareas domésticas, unidos a factores emocionales y de cuidados básicos. Un hallazgo importante es, que este colectivo de personas es vulnerable a que haya una transgresión de género; al igual que la violación de sus derechos humanos más básicos en su vida diaria. Ellas no ejercen sus ocupaciones significativas de forma independiente, siendo víctimas de una situación de Apartheid Ocupacional e Injusticia Ocupacional.


2012 ◽  
Vol 4 (7) ◽  
Author(s):  
Jean-Manuel Larralde
Keyword(s):  

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha desarrollado una jurisprudencia protectora de las mujeres que se despliega de dos maneras complementarias; de una parte, apoyándose sobre el principio de no discriminación el Tribunal contribuye a promover las condiciones de igualdad de trato entre hombres y mujeres privilegiando la universalidad de los derechos protegidos por la Convención Europea de Derechos Humanos. Por otra parte, consciente de que las mujeres pertenecen a un grupo específico que requiere de medidas especiales de protección, el Tribunal ha desarrollado una jurisprudencia aplicable específicamente a las mujeres, reconociéndoles parcialmente un derecho a la libre disposición de sus cuerpos e imponiéndole a los Estados europeos la implementación de mecanismos de protección para combatir la violencia contra las mujeres


Filanderas ◽  
2017 ◽  
pp. 75-84
Author(s):  
Alicia Brox Sáenz de la Calzada
Keyword(s):  

La violencia contra las mujeres se ha traducido jurídicamente de diversas formas. Mientras que las organizaciones internacionales de Derechos Humanos la definen ampliamente como cualquier acto de violencia cometido contra una mujer por el simple hecho de serlo, los Estados miembros de la Unión Europea suelen restringir penalmente el concepto en función de varios factores. Esta diversidad se traduce en una falta de uniformidad, existiendo, para un mismo fenómeno, múltiples traducciones penales. Para limitar las diferencias, los Estados miembros del Consejo de Europa elaboraron en 2011 el Convenio de Estambul, texto de importante calado que insta a seguir ciertas pautas de género a la hora de legislar en la materia y del que se espera resulte una mayor armonización europea. Este artículo ilustra brevemente el estado actual de la cuestión en Francia y en España, dos de los países signatarios del Convenio que presentan grandes disparidades legislativas sobre el asunto. Mientras que España ha introducido la violencia de género en su Código Penal como una infracción sexo específica autónoma, Francia ha optado por hacerlo a través de una circunstancia agravante.


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