Autodeterminación comunitaria e identidad personal
En este artículo se propone distinguir entre la identidad comunitaria y la identidad personal. A juicio del autor, la primera es relativa, parcial, coyuntural y gradual por lo que no puede servir de base para el reconocimiento de derechos humanos, los cuales están ligados exclusivamente a la identidad personal. Esosderechos humanos constituyen el entorno de positividad particular de las sociedades de tradición democrática, una suerte de tradición muy peculiar porque se basa en afirmar un principio autocrítico y de reconocimiento del otro como igual a uno mismo que no es reconocido, sin embargo, en ningún otro tipo de tradición.
2019 ◽
Vol 4
(12)
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pp. 211-215
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2019 ◽
Vol 09
(01)
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pp. 107-108
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