scholarly journals El principio de legalidad en Colombia, su monopolio y las posibilidades de flexibilización

2021 ◽  
Vol 14 (1) ◽  
pp. 120-131
Author(s):  
Omar Huertas Díaz ◽  

El artículo analiza el principio de legalidad desde una postura crítica, verificando si este, examinado en todas sus partes, puede o no ser aplicado mediante un discurso homogéneo y bajo la perspectiva de un principio autoritario que rige en todo el sistema penal y procesal penal. De igual forma, se analiza el monopolio de la ley y de la política criminal, y se busca determinar si en Colombia se aplica legalidad estricta o flexible. El trabajo se centra en el principio de legalidad de los delitos y de las penas, que constituyen la piedra angular de nuestro sistema penal, pues así lo establecen la Constitución, el Código Penal y el Código Procesal. Sin desconocer que el principio de legalidad, en materia penal, es uno de los mayores avances y logros de la ciencia del derecho, es necesario repensar si este principio puede, en efecto, ser concebido en la contemporaneidad tal y como fue proyectado en sus orígenes. Se concluye que el actual principio de legalidad aplicado en Colombia es flexible, aunque no elimina su condición esencial de ser un monopolio estatal.

2017 ◽  
Vol 35 (3) ◽  
pp. 473 ◽  
Author(s):  
Flavio Medeiros Rangel ◽  
Pedro Paulo Gastalho Bicalho

El presente artículo tuvo como objetivo analizar algunos aspectos de la racionalidad política que rige el sistema penitenciario brasileño en la actualidad. Para esto, se tomaron como objeto de investigación los relatos de inspecciones realizadas en establecimientos penales brasileños por el Consejo Nacional de Política Criminal y Penitenciaria entre 2011 y 2012. El análisis del alargamiento del tiempo de prisión posibilitó inferir la lógica no solamente limitada a las prisiones, sino expandida por todo el cuerpo social, direccionada, principalmente, a aquellos al margen de la producción y del consumo y, por eso, tal como se observó, actúa como efecto que conserva la función de reproducción de esta racionalidad


2018 ◽  
Vol 11 (18) ◽  
pp. 141-158
Author(s):  
John Jairo Rodríguez Sánchez

El artículo es fruto de la investigación que se realizó con el objetivo de establecer si la política criminal que se desa-rrolla en Colombia se fundamenta en los principios rectores del sistema acusatorio implementado en el país. Para tal efecto se identificaron las investigaciones y orientaciones teóricas que se han formulado, se expone el estado de lasdiscusiones en cuanto al manejo de la política criminal en Colombia, y en el último capítulo se presenta una propuestateórico práctica cimentada en lo que se propuso como sistema de enjuiciamiento criminal colombiano, esto es, unsistema acusatorio. La investigación tuvo como derrotero los pilares y los principios que originan estos sistemas, porello la propuesta que se ofrece se hace desde este marco que es el que, en últimas, inspira teleológicamente el sistema.


2020 ◽  
Vol 40 ◽  
Author(s):  
David Castro Liñares ◽  
Dyango Bonsignore Fouquet

El daño social es un concepto que ha acompañado al Derecho penal desde sus primeras enunciaciones Modernas. Sin embargo, tratar delito y daño social como nociones diferenciadas ha evidenciado una brecha conceptual de gran calado. Esto, unido a la existencia de asentadas inercias que sobre/infra representan a determinados colectivos, en el límite, puede llegar a situar al Derecho penal ante una crisis de legitimidad. Todo esto se muestra con especial claridad en el ámbito de la delincuencia socioeconómica, que ha adquirido especial relevancia a partir de la Gran Recesión iniciada en 2008. La necesidad de adaptar el sistema penal a las nuevas realidades sociales ha propiciado la formulación de propuestas pensadas desde la dicotomía global/local. En este mismo contexto, las posibilidades que ofrece la formulación de una política criminal imaginativa pueden resultar fructíferas frente a los desafíos que plantea el actual contexto post-crisis.


2020 ◽  
Vol 8 ◽  
pp. 147
Author(s):  
Ariel Biedma

La investigación está enfocada en las medidas de seguridad y su utilidad en el sistema penal paraguayo, abarcando desde una línea histórica que se remonta al jurista alemán Franz von Liszt, en relación al aporte de su política-criminal de eliminar los rasgos retributivistas ante el predomino de la prevención especial positiva. Este punto de partida, hace a su evolución histórica y su legítima imposición en un Estado social de derecho a personas con tendencias peligrosas para la prevención de futuros hechos punibles. El Código Penal Paraguayo, incorpora un sistema de sanciones de “doble vía” mejorada por la clausula “vicaria”, originaria de Suiza. Es así, que las penas, se caracteriza en primer lugar, por una adaptación cautelosa de la pena privativa de libertad a la idea inglesa de la “probation”. La segunda “vía” medidas de mejoramiento y seguridad, responden a la utilidad y a necesidades de la prevención especial positiva, renovada a las ideas de la “Escuela Moderna” encabezada por el jurista alemán Liszt y otros. Para combatir la delincuencia el Paraguay adopto la “doble vía” de sanciones, artículos 2, 3 y 75 Código Penal, penas y medidas, se podrá imponer conjuntamente o por separado, al autor que infringe la norma penal, si se comprueba los presupuestos que fijan el artículo 75º, inciso 1º, numeral 1, 2, 3, y el inciso 3º Código Penal. El Código Penal Paraguayo propone un abanico de medidas en el artículo 72º, como, por ejemplo, la medida de reclusión, inciso 4º, numeral 1, “Reclusión en establecimiento de seguridad”. Constitucionalmente esta medida responde a la necesidad de la prevención especial positiva, destinadas como reacción a conductas nocivas en el fututo, surge como salvaguardia ante el peligroso, su utilidad, será, que el autor deje de ser un peligro social. La política criminal de un Estado no debe ser solo poner a personas tras las rejas, este modelo, no es el indicado para lograr la finalidad de la sanción penal, porque si el Estado, no mide las consecuencias del encierro o endurece sus penas, tendrá resultados de hacinamiento penitenciario, población carcelaria reincidente y peligrosa, circunstancias que peligran intereses del Estado y la protección social.


Summa Iuris ◽  
2016 ◽  
Vol 4 (1) ◽  
pp. 154
Author(s):  
Rafael Gómez Horta

El derecho que el Estado tiene de perseguir y reprimir las conductas que lesionen o pongan en peligro bienes jurídicamente tutelados, no lo sustrae de las obligaciones que éste tiene para la totalidad del conglomerado social, incluyendo la población carcelaria. Los ciudadanos que se encuentran inmersos en el sistema penitenciario, deben ser objeto de especial protección de las instituciones gubernamentales, en procura de su resocialización, ofreciéndoles oportunidades concretas y eficaces que permitan la integración del ex reo al aparato social y productivo de la Nación, sin segregar a la población carcelaria del goce y ejercicio de sus derechos resocializatorios, que desde los desde los imprescindibles aportes doctrinales, hasta la realidad histórica hoy conocida y regida por la actual política criminal, determinan la imperiosa necesidad de no solo ofrecer posibilidades serias de reintegración a la vida en comunidad, sino que más importante aún, deben  garantizar que no solo unos pocos miembros de ciertos sectores sociales o políticos sean los únicos benefactores de la aplicación de la prevención general y prevención especial. Este documento ofrece desde un método descriptivo los fines y funciones de la pena dentro de nuestro ordenamiento constitucional y legal, soportado en décadas de estudio por parte de doctrinantes y prestigiosos juristas.


Author(s):  
Miguel Toyohama Arakaki

El estudio analiza la importancia de gestionar una política criminal para el control del crimen organizado en tiempos de pandemia, esto debido a la expansión de dicho fenómeno criminal. A su vez, resalta la importancia del desarrollo de audiencias y juzgamientos con el sistema de videoconferencia en casos simples y de organización criminal. Para ello, se examinan los aportes doctrinales, legislativos y jurisprudenciales respecto a las instituciones estudiadas.


2021 ◽  
Author(s):  
José Luis Gómez Tapia ◽  

Esta obra es producto del proyecto desarrollado por el cuerpo académico Justicia Constitucional y Derechos Humanos, intitulado La protección y la justiciabilidad de los derechos fundamentales de la mujer en el sistema penal mexicano. Una aproximación a la igualdad sustancial y las relaciones de género, que ha sido financiado por la Secretaría de Educación Pública a través del Programa de Mejoramiento del Profesorado (promep) en su modalidad de Apoyo al Fortalecimiento de los Cuerpos Académicos. El libro, conformado por tres capítulos, contiene importantes reflexiones jurídicas en torno a un tema fundamental: el proceso de institucionalización de la perspectiva de género en México en las tres funciones en las que se ejerce el poder penal del Estado, como una contribución al debate sobre la situación actual de la igualdad sustancial y la no discriminación de las mujeres sujetas a este poder en los espacios de procuración de justicia, impartición de justicia y ejecución penal en México.


2019 ◽  
Vol 10 (18) ◽  
Author(s):  
Ana Elisa Liberatore S. Bechara

el artículo trae un análisis crítico sobre la política criminal represiva y simbólica de control de la corrupción pública en Brasil y sus consecuencias al sistema penal democrático.


Author(s):  
Manuel Bermúdez Tapia

<span>En los Estados de Derecho se suele tener como premisa básica una línea de discrecionalidad de la defensa de los bienes jurídicos importantes de la sociedad, sobre la base de la defensa de los derechos fundamentales de la persona, el debido proceso y una serie de garantías constitucionales, todas ellas traducidas en una Política Criminal. Sin embargo, la realidad peruana dista de esta situación, por cuanto ni en el Congreso de la República, ni en las instituciones que administran e importen justicia existe un mecanismo que garantice a la sociedad la defensa de sus derechos como miembros de la sociedad y de sus bienes ni proteja los derechos de aquellas personas que han delinquido. La fragilidad de un sistema vinculado más a un ámbito de actuación populista legislativo, no sólo perjudica a los individuos de la comunidad, sino que terminan cuestionando el concepto de Estado democrático y tuitivo de derechos fundamentales.</span>


Author(s):  
Brenda Cielaika Vanegas León

<p>Motivar la incorporación de la perspectiva de género dentro de la investigación criminológica que se hace en Ecuador es el objetivo de este trabajo que se realiza a partir de la definición de Antonio García-Pablos de Molina sobre Criminología y la concreción de Tania Patricia Ibáñez Gómez. Gracias a la concepción de género que aporta el Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer - CEDAW y el marco jurídico constitucional ecuatoriano se hace una aproximación de análisis de las estadísticas de la población por sexos y de las personas privadas de la libertad. Al transitar por argumentos científicos de algunas escuelas criminológicas para abordar el régimen penitenciario, la mujer víctima, género y política criminal, control social y el delito como objeto de la Criminología se demuestra la feminización de la pobreza basada en el salario que percibe y sus horas laborables como resultado de la condición socioeconómica lo que posibilita un perfil criminológico de las mujeres privadas de la libertad con contenido socio biológico. En el camino de esta investigación y desde un enfoque estadístico se encontró los indicadores de: la casi igualdad cuantitativa de la población por sexos. La desigualdad de horas de trabajo y salarios entre varones y mujeres y la escasa participación de las mujeres en la delincuencia, dando como resultado el poco interés de la Criminología con visión de género en el contexto económico y no veraz que la ceguera de la Criminología a la perspectiva de género deviene de los datos empíricos.</p>


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