EL INDULTO EN UN ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO: ¿CORRECCIÓN, COMPASIÓN O NEGOCIACIÓN? EN RELACIÓN A LA DECISIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS SOBRE EL INDULTO DEL EXPRESIDENTE DE PERÚ, ALBERTO FUJIMORI
Entre los años 2010 y 2018, un tema capturó la atención de la opinión pública: la posibilidad de indultar al expresidente Alberto Fujimori considerando su edad avanzada y las enfermedades que pudiera padecer. En el gobierno de Ollanta Humala, a mediados del año 2013, se le denegó el indulto sobre la base de los siguientes fundamentos: “no tiene una enfermedad terminal, no tiene un trastorno mental incurable, no tiene una enfermedad incurable ni degenerativa y las instalaciones (penitenciarias) tampoco coadyuvan en su perjuicio”. El 24 de diciembre de 2017, mediante Resolución Suprema N° 281-2017-JUS se indultó por razones humanitarias al expresidente Alberto Fujimori cuando este tenía 79 años de edad y había cumplido diez años, diez meses y dos días de prisión.