scholarly journals Avances en materia de igualdad desde una perspectiva de género en el derecho constitucional colombiano

2021 ◽  
Vol 34 (101) ◽  
pp. 5-22
Author(s):  
Adelaida María Ibarra Padilla ◽  
Gloria Cristina Martínez Martínez ◽  
Robinson Sánchez Tamayo
Keyword(s):  

Dentro del marco de la celebración del trigésimo aniversario de la Constitución Política colombiana, el presente artículo analiza el desarrollo de los conceptos de género e identidad de género en el derecho constitucional colombiano y su incidencia en el derecho penal. Para ello recurre al método dogmático- jurídico; se interpretan el precedente constitucional y la literatura especializada. Se plantea que la ampliación del concepto de género en el escenario constitucional y de la claridad frente a la identidad de género han conducido al reconocimiento de los derechos políticos, sexuales y reproductivos de las mujeres, y han llevado a implementar medidas punitivas en contra de las violencias de género, como la tipificación del feminicidio y su extensión al transfeminicidio.

2018 ◽  
Vol 50 (190) ◽  
pp. 63
Author(s):  
Soledad Torrecuadrada García-Lozano
Keyword(s):  

Estudiar los crímenes de los que específicamente son víctimas las mujeres en el Derecho Penal Internacional es una tarea muy dura, debido a su crueldad y a la tolerancia con que se contemplan. En los últimos tiempos, los crímenes de naturaleza sexual son un instrumento de guerra muy barato y de gran eficacia. A pesar de ello, en los últimos años del siglo XX, la movilización social, debido al conocimiento casi inmediato de las brutalidades cometidas en los conflictos armados, ha provocado la sensibilización hacia estos comportamientos y el rechazo de su impunidad. Avanzamos en su represión, aunque no ocurre lo mismo con la prevención ni con la reparación a las víctimas, ámbitos materiales que aún son asignaturas pendientes.


2021 ◽  
Vol 19 (40 set/dez) ◽  
Author(s):  
Nadia Andrea Volodar

El presente trabajo tiene como fin analizar la complejidad de la situación de las mujeres y las disidencias sexuales cuando son denunciantes de las violencias de género en el proceso penal, en el marco del actual crecimiento de las investigaciones de estos casos en la Argentina y en toda la región latinoamericana. El objetivo principal es hacer un aporte sobre cuáles son algunas de las múltiples aristas a considerar con respecto a la aplicación de los institutos de medidas alternativas de resolución de conflictos para lograr minimizar el avance del poder punitivo. En esta línea, nos focalizamos en estudiar las posibilidades de aplicarlas y en cuáles son, actualmente (y cómo debieran ser), las respuestas de la administración de justicia en la Argentina, a la luz del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y los lineamientos de los poderes de gobierno argentinos, en especial a través del fallo Góngora y las modificaciones a la legislación penal de los últimos años. A su vez, abordaremos los posicionamientos de los feminismos jurídicos desde referentes ineludibles que aportarán sus reflexiones en el gran debate sobre esta materia entre los feminismos garantistas –los cuáles propenden a explorar estos institutos, respetando la multiplicidad de los casos– y aquellos feminismos que se oponen a su aplicación casi indefectiblemente, por considerar que se afectan los derechos de la persona damnificada. Palabras claves: derecho penal, feminismos, violencia de género, poder punitivo, antipunitivismo.


2018 ◽  
Vol 12 (9) ◽  
pp. 2418
Author(s):  
Fernanda Matheus Estrela ◽  
Nadirlene Pereira Gomes ◽  
Josinete Gonçalves dos Santos Lírio ◽  
Andrey Ferreira da Silva ◽  
Rosana Santos Mota ◽  
...  

RESUMOObjetivo: conhecer as expressões e repercussões da violência conjugal. Método: estudo quantitativo, documental e descritivo. Os dados foram coletados a partir de 212 processos de violência conjugal registrados em uma Vara de Violência pela Paz em Casa. O processamento deu-se a partir de distribuições das frequências apresentados em figuras. Resultados: com base nas informações contidas no processo, as mulheres referiram vivenciar as violências nas formas psicológica (90,09%), física (76,64%), moral (69,34%), patrimonial (24,06%) e sexual (19,34%). As repercussões registradas relacionam-se ao desencadeamento de hematomas (47,9%), lesões de pele (35,9%), escoriações (12%) e fraturas (4,2%), todas associadas à agressão física, a qual se deu através do uso da força corporal (76,64%), de armas branca (11,97%) e de fogo (11,39%). Conclusão: embora os processos registrem todas as expressões da violência tipificadas pela Lei Maria da Penha, as repercussões relacionam-se apenas à agressão física, apontando para a necessidade de adequação do formulário de investigação nas varas. Descritores: Violência Contra a Mulher; Gênero; Aplicação da Lei; Saúde Pública; Justiça criminal; Violência por Parceiro Íntimo. ABSTRACT Objective: to know the expressions and repercussions of conjugal violence. Method: quantitative, documentary and descriptive study. Data were collected from 212 cases of conjugal violence recorded at a Violence Court for Peace at Home. The processing took place from the frequency distributions presented in figures. Results: based on the information contained in the process, women reported experiencing psychological (90.09%), physical (76.64%), moral (69.34%), patrimonial (24.06%) and sexual (19.34%) violence. The recorded repercussions relate to the triggering of hematomas (47.9%), skin lesions (35.9%), excoriations (12%) and fractures (4.2%), all associated to physical assault, which took place using body force (76.64%), white arms (11.97%) and firearms (11.39%). Conclusion: although the processes register all expressions of violence typified by the Maria da Penha Law, the consequences are related only to the physical aggression, pointing to the need for adequacy of the investigation form at the courts.Descriptors: Violence Against Women; Gender Identity; Law Enforcement; Public Health; Criminal Law; Intimate Partner Violence.RESUMEN Objetivo: conocer las expresiones y repercusiones de la violencia conyugal. Método: estudio cuantitativo, descriptivo y documental. Los datos fueron recogidos a partir de 212 casos de violencia conyugal grabados en un Tribunal de Violencia para la Paz en el Hogar. El procesamiento ocurrió a partir de las distribuciones de frecuencia presentadas en tablas. Resultados: con base en la información contenida en ese proceso, las mujeres dijeron que habían experimentado violencia en las formas psicológica (90,09%), física (76,64%), moral (69,34%), patrimonial (24,06%) y sexual (19.34%). Las repercusiones registradas se refieren a la apariencia de hematomas (47,9%), lesiones en la piel (35,9%), excoriaciones (12%) y las fracturas (4,2%), todos ellos asociados a la agresión física, que se llevó a cabo mediante el uso de la fuerza corporal (76,64%), armas blancas (11,97%) y el de fuego (11,39%). Conclusión: aunque los procesos registren todas las expresiones de violencia tipificadas por la Ley Maria da Penha, las consecuencias están relacionadas exclusivamente con la agresión física, apuntando a la necesidad de adecuación de la forma de investigación en los tribunales. Descriptores: Violencia contra la Mujer; Identidad de Género; Aplicación de la Ley; Salud Pública; Derecho Penal; Violencia de Pareja.


2018 ◽  
Vol 38 (105) ◽  
pp. 207-225
Author(s):  
Camilo Sampedro Arrubla

La violencia de género es un fenómeno innegable, como lo es el deber del Estado de ocuparse de su prevención, mediante políticas públicas idóneas y razonables; si la política criminal y la ley penal hacen parte de la estrategia estatal contra la violencia originada contra las mujeres, su uso debe obedecer a los mismos criterios como única manera de afirmar su legitimidad; en consecuencia, la política criminal debe procurar medidas menos costosas que la criminalización de conductas y solo llegar a ellas honrando la subsidiariedad del Derecho penal y su uso como última razón de Estado. Si resulta inevitable y se decide acudir al Derecho penal en el contexto de violencia de género, debe tenerse el cuidado de no discriminar negativamente en aras de hacerlo positivamente, lesionando el principio de igualdad de la ley penal.


Author(s):  
Sheila Fernández Míguez

En la presente investigación se examinan las tensiones entre género/raza-etnia involucradas en los casos de violencia machista en el Wall Mapu, hoy parte de la región de La Araucanía en Chile. Para ello en primer lugar, se realiza una exposición del marco teórico construido sobre la base de la teoría decolonial y los estudios feministas. En segundo lugar, se analiza el Derecho Internacional de los Derechos Humanos centrándonos en los estándares internacionales de los derechos de las mujeres y los Pueblos Indígenas. La tercera parte de la investigación se centra en el estudio crítico de la legislación chilena sobre violencia intrafamiliar, en concreto, la Ley 19.325 y la Ley 20.066, profundizando en la derogada figurada de la conciliación y la actual prohibición de los acuerdos reparatorios. En cuarto lugar, se lleva a cabo un estudio de las instituciones del Sistema Sancionador Indígena en general, y de cuáles son las prácticas sancionadoras de la violencia machista en el Az Mapu o cosmovisión mapuche. El objetivo del estudio del Derecho Internacional, estatal, así como del Sistema Sancionador mapuche es sentar las bases para defender el reconocimiento de la autonomía jurisdiccional indígena en el actual marco legal chileno, solución que además presenta ventajas específicas para las mujeres mapuche desde la perspectiva de la erradicación, protección y sanción de la violencia machista, y de la recuperación de su justicia ancestral, lo que a su vez permite que no se pierda su cosmovisión. Finalmente se estudia el abordaje de esta problemática en los Tribunales Aborígenes australianos.


Author(s):  
Fernando M. Rodrigo ◽  
Jessica R. Gimenez
Keyword(s):  

La violencia contra las mujeres se encuentra presente en todas las sociedades del mundo, constituyéndose en una de las manifestaciones más brutales de desigualdad entre los géneros. El Derecho penal es un instrumento cualificado de protección de bienes jurídicos especialmente importantes. Sentado esto, parece obligado tener en cuenta la posibilidad de que su expansión obedezca, al menos en parte, ya a la aparición de nuevos bienes jurídicos -de nuevos intereses o de nuevas valoraciones de intereses preexistentes, ya al aumento de valor experimentado por algunos de los que existían con anterioridad, que podría legitimar su protección a través del Derecho Penal. Un objetivo primordial para eliminar los patrones socioculturales androcéntricos es la incorporación de la perspectiva de género en la prestación de justicia, desde el ámbito de las relaciones laborales hasta en el dictado de resoluciones y sentencias, pasando por el trato de las víctimas y el tratamiento de las causas. La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará, prevé la obligación de los Estados de adoptar, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia, a lo que se agrega la necesidad de establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección, un juicio oportuno y el acceso efectivo a tales procedimientos.


2021 ◽  
Vol 7 (13) ◽  
pp. 083
Author(s):  
Karina Alejandra Andriola
Keyword(s):  
La Plata ◽  

La propuesta del trabajo es cuestionar e indagar a las pedagogías imperantes en las Facultades de Derecho públicas y más antiguas de Argentina en las cuales aprendimos un derecho patriarcal, androcéntrico, heterosexual y cis-gènero y  a ser reproductor*s del mismo. A partir de allí presentamos la necesidad de una pedagogía feminista y reflexionamos sobre su implementación a partir de una experiencia pedagógica: una clase sobre “Violación y perspectiva de género” de el seminario de grado sobre “Las mujeres y el Derecho Penal. El feminismo jurídico” de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata, Argentina


2019 ◽  
Vol 39 ◽  
Author(s):  
Cristina Guisasola Lerma

La trata de seres humanos con fines de explotación constituye una grave vulneración de los derechos humanos y a la par supone una manifestación extrema de la situación de desigualdad en la que se encuentran las mujeres en muchos lugares del mundo: un 71 % de las víctimas de trata y explotación son mujeres y niñas.El trabajo comienza poniendo de manifiesto el compromiso y las acciones llevadas a cabo por los instrumentos internacionales y comunitarios y, tras analizar la regulación en el Derecho Penal español, concluye con la necesidad de reforzar el marco normativo con una ineludible perspectiva de género, que permita incrementar las herramientas legales para perseguir estos delitos, intensificando las acciones para la prevención, la protección de las víctimas, y la lucha contra esta lacra social desde una perspectiva global e interdisciplinar.


2019 ◽  
Vol 4 (57) ◽  
pp. 137
Author(s):  
Vládia Maria de Moura SOARES ◽  
Jamille Clara Alves ADAMCZYK ◽  
Ana Clara Mendonça CATHALAT

RESUMEN Objetivo: Se pretende alcanzar un estudio analítico de la pornografía de venganza, objetivando una mejor comprensión del fenómeno sociológico y del marco jurídico conferido al tema por el Derecho Penal brasileño, para que sea posible un enfrentamiento completo de la cuestión. El objeto será analizado exclusivamente por medio de un abordaje que toma la mujer como víctima. Es el objetivo de esta investigación verificar si se podría caracterizar dicha práctica como violencia de género y también si la pornografía de venganza podría ser adecuadamente tratada como un crimen contra la honra, como se ha estado tutelando esta conducta. Metodología: La metodología es bibliográfica, sin el estudio del intercambio en el tratamiento de la derogación penal estudiada sobre el tema; el marco legal de la conducta como delito contra el honor; la elaboración de un tipo penal específico mediante la Ley nº. 13.718/2018; y la posibilidad de aplicación de la Ley nº. 11.340/2006 (Ley Maria da Penha). Resultados: Después de toda la investigación, se constató que el fenómeno de la pornografía de venganza no puede ser considerado solamente como un crimen contra la honra, y su tratamiento como tal es inadecuado e insuficiente. Respecto al análisis de la aplicabilidad de la Ley Maria da Penha para casos de pornografía de venganza, verificase que los resultados fueron positivos en el sentido de ser posible la aplicación de esta ley para mayor protección de las mujeres víctimas de este crimen. Contribuciones: La contribución del estudio está vinculada al diálogo entre sociología y derecho, así como a estimular una investigación en profundidad sobre la Ley Maria da Penha y su extensión. PALABRAS-CLAVE: Pornografía de venganza; violencia de género; Ley Maria da Penha; Derechos fundamentales. ABSTRACT Objective: It is intended to reach an analytical study of revenge pornography, focusing a better understanding of the sociological phenomenon and the legal framework conferred to the subject by Brazilian Criminal Law, so that a complete confrontation of the issue is possible. The object will be analyzed exclusively through an approach that the woman is the victim. It is the objective of this investigation to verify whether such practice could be characterized as gender-based violence and also if revenge pornography could be adequately treated as a crime against honor, as this conduct has been protected. Methodology: The methodology is bibliographic, without the study of the exchange in the treatment of the criminal repeal studied on the subject; the legal framework of conduct as a crime against honor; the elaboration of a specific criminal type through Law Nr. 13,718/2018; and the possibility of enforcement of Law nº. 11,340/2006 (Maria da Penha Law). Results:After all investigation, it was noted that the phenomenon of revenge pornography cannot be considered only as a crime against honor, and its treatment as such is inadequate and insufficient. Regarding the analysis of the applicability of Maria da Penha Law for cases of revenge pornography, the results were positive in the sense that it is possible to apply this law for greater protection of women victims of this crime. Contributions: The contribution of the study is linked to the dialogue between sociology and law, as well as to stimulate an in-depth investigation into the Maria da Penha Law and its extension. KEYWORDS: Revenge porn; gender violence; Maria da Penha Law; Fundamental rights.


2020 ◽  
Vol 16 (16) ◽  
pp. 440
Author(s):  
Juan Martín Almejún
Keyword(s):  

El propósito de este trabajo es examinar brevemente la relación entre el lenguaje de la responsabilidad y el lugar que el discurso jurídico le asigna a las mujeres. Se desarrollarán dos ideas:  la Teoría Crítica y la Teoría Feminista han puesto en evidencia que el derecho ha sido históricamente una disciplina machista; esta afirmación se evidencia en el lenguaje judicial y doctrinario y en las categorizaciones de la responsabilidad que subyacen tanto en el derecho privado como en el derecho penal.


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