Los nuevos delitos contra la seguridad vial: una muestra
de la Administración del Derecho Penal
Tradicionalmente, los delitos contra la seguridad vial vienen considerándose como delitos de peligro. Sin embargo, con la última reforma penal en esta materia el legislador se aleja de la técnica de los delitos de peligro introduciendo tipos penales más formales. De este modo, el Derecho Penal cada vez se aproxima más a la lógica del Derecho administrativo sancionador, aparcando la relevancia de principios que tradicionalmente han inspirado el Ius puniendi como es el principio de lesividad. El delito de conducción a una velocidad excesiva (art. 379.1) y el delito de conducción sin permiso o licencia (art. 384) son dos de las manifestaciones de esta nueva orientación del Derecho penal. Traditionally, the road traffic offences are considered as dangerousness offences. Nevertheless, with the last criminal law reform in this area the legislator mover away from the dangerousness offences to get closer to more formal offences. In this way, the Criminal Law is coming closer so the sanctioning Administrative Law system, forgetting the relevance of some traditional principles in Ius puniendi like the harm principle. The offence of driving at an excessive speed (art. 379.1 CP) and the offence of driving without driving license (art. 384 CP) are two examples of this new Criminal Law orientation.